Procedimientos
Las Administraciones Locales de Asistencia alContribuyente, al día hábil siguiente, turnarán el escrito y anexos a la Administración Local de Recaudación o a la Administración Local Jurídica, que tenga conferida la facultad de cobro en los términos delReglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.
Tratándose de solicitudes de condonación de recargos y multas correspondientes a diversos créditos fiscales cuyo cobro corresponda a dos omás unidades administrativas no subordinadas jerárquicamente, la solicitud será turnada para su análisis a la Administración Local de Recaudación que corresponda al . domicilio fiscal delcontribuyente.
La Administración Local de Recaudación, la Administración Local Jurídica o la Administración Central Jurídica de Grandes Contribuyentes, según sea el caso, revisarán que la documentaciónpresentada cumpla con los siguientes requisitos:
1. Escrito formal de solicitud de condonación de multas y recargos en el que, además de los requisitos previstos en los artículos 18, 18-A y 19 del CódigoFiscal de la Federación, se señale el número con el que se controla cada uno de los créditos fiscales y su importe total actualizado, en su caso, el número de parcialidades en que solicite cubrir elsaldo no condonado, y se acompañe la documentación correspondiente, con las especificaciones siguientes:
a) Relación de los créditos fiscales determinados o autodeterminados por o ante el Serviciode Administración Tributaria.
b) Relación de los créditos fiscales que con motivo de la solicitud de condonación hayan sido manifestados o declarados ante las autoridades fiscales, incluyendo la...
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