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Páginas: 13 (3051 palabras) Publicado: 1 de octubre de 2013
Vías de Hecho
Cuando se habla de vías de hechos, en general, se está refiriendo a una acción material que prescinde de las vías legales para imponer un estado de cosas, una situación determinada en relación a personas o cosas.
Sentencia T-118 del 16 de marzo de 1995. M.P. Dr. J osé Gregorio Hernández Galindo

Se define la vía de hecho como una trasgresión grave y protuberantede la normatividad. “La vía de hecho consiste en una transgresión protuberante y grave de la normatividad que regía el proceso dentro del cual se profirió la providencia objeto de acción, a tal punto que, por el desconocimiento flagrante del debido proceso o de otras garantías constitucionales, hayan sido vulnerados materialmente –por la providencia misma– los derechos fundamentales del accionante.Esto significa que la vía de hecho es en realidad el ejercicio arbitrario de la función judicial, en términos tales que el fallador haya resuelto, no según la ley –que, por tanto, ha sido francamente violada– sino de acuerdo con sus personales designios. No cualquier error cometido por el juez en el curso del proceso tiene el carácter de vía de hecho, pues entenderlo así implicaría retroceder alritualismo que sacrifica a la forma los valores de fondo que deben realizarse en todo trámite judicial y, por otra parte, quedaría desvirtuada por una decisión de tutela la inexequibilidad declarada por la Sala Plena de la Corte Constitucional, que, se repite, ha hecho tránsito a cosa juzgada constitucional. Si, con arreglo al artículo 243 de la Constitución, en tal evento “ninguna autoridad podráreproducir el contenido material del acto jurídico declarado inexequible por razones de fondo, mientras subsistan en la Carta las disposiciones que sirvieron para hacer la confrontación entre la norma ordinaria y la Constitución”, tampoco los jueces, ni la propia Corte Constitucional en sus fallos de revisión, pueden revivir el artículo 40 del Decreto 2591 de 1991, con las salvedades que sehicieron explícitas en la Sentencia C-543 del 1 de octubre de 1992.Así las cosas, para que pueda llegarse a entender que, de manera excepcional, procede la acción de tutela contra providencias judiciales –y con mayor razón contra sentencias que han alcanzado el valor de la cosa juzgada–, es indispensable que se configure y acredite una situación verdaderamente extraordinaria, que implique no solamente elincumplimiento de una norma jurídica que el juez estaba obligado a aplicar sino una equivocación de dimensiones tan graves que haya sido sustituído el ordenamiento jurídico por la voluntad del fallador”.

Sentencia T-492/ / 95 MP: José Gregorio Hernández
La vía judicial de hecho es una excepción. Las providencias judiciales escapan al ámbito del juez de tutela mientras no seevidencie que se ha incurrido en una vía de hecho, que constituye un burdo desconocimiento de las normas legales.
Así lo expresó la Corte:
“La valoración del caso en sus elementos fácticos y jurídicos, a la luz de la normatividad aplicable, está reservada al juez competente, quien goza del poder que le otorga la ley para interpretarla y aplicarla, sin que necesariamente deba coincidir con laapreciación de otros jueces, pues repugna a la autonomía funcional que el criterio del juzgador, mientras no se evidencie una flagrante transgresión del ordenamiento, pueda ser revocado sin sujeción a los procedimientos, recursos e instancias que él mismo contempla. Entonces, la vía judicial de hecho –que ha sido materia de abun-dante jurisprudencia– no es una regla general sino una excepción, unaanormalidad, un comportamiento que, por constituir burdo desconocimiento de las normas legales, vulnera la Constitución y quebranta los derechos de quienes acceden a la administración de justicia. Es una circunstancia extraordinaria que exige, por razón de la prevalencia del Derecho sustancial (artículo 228 C.P.), la posibilidad, también extraordinaria, de corregir, en el plano preferente de la...
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