Prueba
El fundamento del onus probandiradica en un viejo aforismo de derecho que expresa que "lo normal se presume, lo anormal se prueba". Por tanto, quien invoca algo que rompe el estado de normalidad, debe probarlo ("affirmanti incumbitprobatio": a quien afirma, incumbe la prueba). Básicamente, lo que se quiere decir con este aforismo es que la carga o el trabajo de probar un enunciado debe recaer en aquel que rompe el estado denormalidad (el que afirma poseer una nueva verdad sobre un tema).
CARGA PROCESAL. DEFINICIÓN (Según Hernando Devis Echandía)
Es un poder o una facultad de ejecutar, libremente, ciertos actos o adoptarcierta conducta prevista en la norma para beneficio y en interés propios, sin sujeción ni coacción y sin que exista otro sujeto que tenga el derecho a exigir su observancia, pero cuya inobservanciaacarrea consecuencias desfavorables.
INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA
Esta expresión se aplica cuando el juez haya violentado las reglas de distribución de la carga de la prueba, haciendo recaer lamisma, sobre quien, conforme a la ley; criterios de disponibilidad y facilidad probatoria, no asume en el proceso la carga de aportar la prueba de los hechos debatidos y consecuencialmente no podrá ydeberá asumir la consecuencia de la falta o insuficiencia de prueba.
Distribución de la carga de la prueba
Cuando hablamos de la distribución de la carga de la prueba nos estamos refiriendo aquien le corresponde esa obligación de probar.
En principio la carga de la prueba le corresponde a la parte actora porque es quien alega hechos constitutivos, es decir los alegatos de la parte actoraen el libelo, y si el demandado o parte accionada si trae nuevos hechos al proceso ( hechos impeditivos, modificativos, extintivos, invalidativos) en la contestación al fondo de la demanda la carga...
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