punibilidad
de las Conductas Punibles
Consecuencias Jurídicas
de las Conductas Punibles
Ley 599 de 2000. Art. 34: De las penas
Principales
Sustitutivas
Accesorias privativas de otros
derechos cuando no obren como
principales.
Consecuencias Jurídicas
de las Conductas Punibles
Artículo 35: Penas Principales:
Privativa de la libertad de prisión. Art. 37Pecuniaria de multa. Art. 39.
Privativa de otros derechos. Art. 43
Consecuencias Jurídicas
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Artículo 36: Penas Sustitutivas:
Prisión domiciliaria: Pena de prisión
Sistemas de vigilancia electrónica:
Prisión
Arresto de fin de semana convertible
en arresto ininterrumpido: Multa
Consecuencias Jurídicas
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Artículo 36: Penas Sustitutivas:Prisión domiciliaria
Art. 38 CP
Art. 314 CPP
Ley 750 de 2002
Consecuencias Jurídicas
de las Conductas Punibles
Artículo 36: Penas Sustitutivas:
Sistema de vigilancia electrónica
Art. 38A CP.
Consecuencias Jurídicas
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Penas accesorias Art. 52 CP
Las penas privativas de otros derechos, que
pueden imponerse como principales, serán
accesorias y las impondráel Juez cuando
tengan relación directa con la realización
de la conducta punible, por haber abusado
de ellos o haber facilitado su comisión, o
cuando la restricción del derecho
contribuya a la prevención de conductas
similares a la que fue objeto de condena...
Consecuencias Jurídicas
de las Conductas Punibles
Artículo 53: Cumplimiento de las penas
accesorias
Las penas privativas deotros derechos
concurrentes con una pena privativa de la
libertad, se aplicarán y ejecutarán
simultáneamente con ésta.
A su cumplimiento, el juez oficiosamente dará la
información respectiva a la autoridad judicial
correspondiente.
Consecuencias Jurídicas
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MEDIDAS DE SEGURIDAD
Artículo 69: Son medidas de Seguridad:
Principales:
La internación enestablecimiento
psiquiátrico o clínica adecuada. At.
70, 71
La internación en casa de estudio o
trabajo. Art. 72
Accesoria:
La libertad vigilada. Art. 74
Consecuencias Jurídicas
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CRITERIOS Y REGLAS PARA LA
DETERMINACIÓN DE LA PUNIBILIDAD
Art. 54 mayor y menor punibilidad
Art. 55 Circunstancias de menor punibiliad
Art. 56 Circunstancias de marginalidad,ignorancia o pobreza extremas
Art. 57 Ira e intenso dolor
Consecuencias Jurídicas
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CRITERIOS Y REGLAS PARA LA
DETERMINACIÓN DE LA PUNIBILIDAD
Art. 58 Circunstancias de mayor
punibilidad
Art. 60 Parámetros para la determinación
de los mínimos y máximos aplicables
Art. 61 Fundamentos para la
individualización de la pena
Art. 62 Comunicabilidad decircunstancias.
Clase de pena y el quantum punitivo
Aspecto Cualitativo: el juez debe de seleccionar
en forma genérica la clase de pena que ha de
imponer al procesado que ha sido hallado
responsables:
Privativa de la libertad,
Pecuniaria de multa y
Privativa de otros derechos.
Clase de pena y el quantum punitivo
Aspecto cuantitativo: Se debe de establecer el
marco punitivo aplicable: Fijación de los mínimos y máximos aplicables
al caso según las circunstancias especificas
de agravación o atenuación
Dispositivos que permiten modificar los
extremos punitivos del tipo básico.
Clase de pena y el quantum punitivo
Aspecto Operacional: Señalamiento de detalles
relativos a la ejecución de la sentencia:
Indicar a favor de quien se paga la multa,
En cuanto a lapena privativa de la libertad
determinar si hay lugar a la suspensión
condicional o si se ha pagado parte de ella en
virtud de la detención preventiva o de la
acumulación de penas etc.
Criterios de determinación de la pena
La mayor o menor gravedad de la conducta:
Magnitud o grado del injusto. Mayor o menor
afectación sufrida por el bien jurídico.
El daño real o potencial...
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