Que demanda en la actualidad la sociedad y que nos pide como profesional
Teniendo en cuenta el Art. 20 de la Declaración Universal De Derechos Humanos.
• Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacificas.
• Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
El art. 22 del pacto internacional de derechos civiles y político en concordancia con el art. 16 de la ConvenciónAmericana Sobre Derechos Humanos hace referencia a que:
1. Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses
2. El ejercicio de tal derecho solo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional,de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demas.
3. Ninguna disposición de este articulo autoriza a los Estados partes en el convenio de la organización internacional del trabajo de 1948 relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación, a adoptar medidas legislativas que puedanmenoscabar las garantías previstas en él, ni aplicar la ley de tal manera que pueda menoscabar esas garantías.
La Libertad de asociación y la libertad sindical Se refiere al derecho de los trabajadores y patronos, expresado en poderes individuales y colectivos en virtud de los cuales, sin ningún tipo de distinción o discriminación, sin requerir autorización previa; y sin injerencias, tienen derechoa constituir libremente (en forma autónoma e independiente) las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como también el de afiliarse o no a organizaciones sindicales existentes, establecer su forma de organización, administración, participación, elección de sus autoridades y toma de decisiones de conformidad con lo que establezcael ordenamiento jurídico respectivo.
A raíz de esto nace el Derecho de Asociación el cual nos indica que toda persona tiene el derecho de asociarse con otras para promover, ejercer, y proteger sus intereses legítimos de orden político, económico, religioso, social cultural, profesional sindical o de cualquier otro orden.
De esta manera los Estados Partes en el Pacto de derechos económicos,sociales y culturales se comprometen a garantizar a) El derecho de toda persona a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, con sujeción únicamente a los estatutos de la organización correspondiente, para promover y proteger sus intereses económicos y sociales. No podrán imponerse otras restricciones al ejercicio de este derecho que las que prescriba la ley y que sean necesarias en unasociedad democrática en interés de la seguridad nacional o del orden público, o para la protección de los derechos y libertades ajenos; b)El derecho de los sindicatos a formar federaciones o confederaciones nacionales y el de éstas a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas; c) El derecho de los sindicatos a funcionar sin obstáculos y sin otras limitaciones que lasque prescriba la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional o del orden público, o para la protección de los derechos y libertades ajenos; d) El derecho de huelga, ejercido de conformidad con las leyes de cada país.
Los Convenio relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación considera que Los trabajadores y losempleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas; Mientras que Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir...
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