Régimen jurídico del teletrabajo.
Se da a conocer el proyecto de ley S3498/10 sobre "Régimen Jurídico del Teletrabajo en Relación deDependencia". Deje su comentario sobre el mismo.
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ARTÍCULO 1º.- Se entiende por teletrabajo a los efectos de esta ley, a la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios en lostérminos de los artículos 21 y 22 de la ley 20.744 y sus modificatorias, en las que el objeto del contrato o relación de trabajo es realizado total o parcialmente en lugares distintos delestablecimiento del empleador, mediante la utilización de todo tipo de tecnología de la información y la comunicación (TIC). En idéntico sentido, se entiende por tele trabajador en relación de dependencia a todapersona que ejecuta esta modalidad laboral del teletrabajo de acuerdo a la definición anterior.
ARTÍCULO 2º.- Los tele trabajadores gozarán de los mismos derechos y tendrán iguales obligaciones quelos demás trabajadores en relación de dependencia. En especial, aquellos relativos al desarrollo de carrera del tele trabajador, sus posibilidades de capacitación, y de recibir la misma informaciónque los trabajadores presenciales. Sin perjuicio de ello, las comisiones paritarias de los convenios colectivos aplicables a estos trabajadores deberán establecer las condiciones de trabajo, teniendocomo prioridad las particularidades de la prestación, la índole de la relación y el respeto del principio de igualdad de trato entre un tele trabajador y un trabajador que desempeñe igual tarea en elestablecimiento del empleador.
ARTÍCULO 3º.- El empleador que adopte al teletrabajo como nueva modalidad laboral, deberá diseñar y aplicar programas de inducción, capacitación y perfeccionamiento quepermitan una mejor adecuación de las partes intervinientes a este proceso de cambio. El empleador realizará los controles necesarios para que este cambio no represente una mayor carga de trabajo o...
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