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siguientes funciones:
19 . Dictar las normas generales, y señalar en ellas losobjetivos y criterios
a los cuales debe sujetarse el Gobierno para los siguientes efectos:
a) Organizar el crédito público;
b) Regular el comercio exterior y señalar el régimende cambio
Artículo 189º.- Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del
Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa:
43. Organizar el CréditoPúblico; reconocer la deuda nacional y arreglar su
servicio; modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones
concernientes al régimen de aduanas; regular el comercioexterior; y
ejercer la intervención en las actividades financiera, bursátil,
aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo,
aprovechamiento e inversión de recursosprovenientes del ahorro de
terceros de acuerdo con la ley.
Artículo 310º.-
El Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina
se regirá, además delas normas previstas en la Constitución y las leyes para
los otros departamentos, por las normas especiales que en materia
administrativa, de inmigración, fiscal, de comercioexterior, de cambios,
financiera y de fomento económico establezca el legislador.
Mediante ley aprobada por la mayoría de los miembros de cada cámara se
podrá limitar elejercicio de los derechos de circulación y residencia,
establecer controles a la densidad de la población, regular el uso del suelo y
someter a condiciones especiales laenajenación de bienes inmuebles con el
fin de proteger la identidad cultural de las comunidades nativas y preservar el
ambiente y los recursos naturales del Archipiélago.
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