RCD 205 2009 OSCD
Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas y Mineras de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA
Y MINERIA OSINERGMIN Nº 205‐2009‐OS‐CD
(SEPARATA ESPECIAL)
(*) De conformidad con el Artículo 7 de la Resolución Nº 124‐2010‐OS‐CD, publicada el 04 junio 2010, se suprime la categoría Comercialización del Registro de Empresas Supervisoras de
la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria. Las personas que actualmente se encuentran
inscritas en dicha categoría en el referido Registro GART, deberán ser incorporadas en la
categoría Comercialización del Registro de Empresas Supervisoras de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica.
CONCORDANCIAS:
R. Nº 228‐2009‐OS‐CD (“Procedimiento para la Supervisión de las Instalaciones de Distribución
Eléctrica por Seguridad Pública”)
R. Nº 304‐2009‐OS‐CD (Aprueban “Procedimiento para la Supervisión y Fiscalización del
Desempeño de las Unidades de Generación despachadas por el COES”.)
R. N° 305‐2009‐OS‐CD (“Procedimiento para la Supervisión de la Calidad de Atención
Telefónica de las Empresas de Distribución Eléctrica”)
R. N° 013‐2010‐OS‐CD (Aprueban el Procedimiento para reporte de emergencias en las
actividades mineras y modifican la Res. Nº 260‐2009‐OS‐CD)
R. N° 021‐2010‐OS‐CD (“Procedimiento para la Supervisión de la Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas”)
R. Nº 220‐2010‐OS‐CD (Aprueban procedimiento para la supervisión de la operatividad de la
generación en sistemas eléctricos aislados)
R. Nº 283‐2010‐OS‐CD (Aprueban Procedimiento para la supervisión del cumplimiento de la
normativa sobre contribuciones reembolsables en el servicio público de electricidad)
R. Nº 169‐2011‐OS‐CD (Aprueban “Procedimiento para el Reporte de Emergencias en las
Actividades de Comercialización de Hidrocarburos”, aprueban formatos para el reporte de
emergencias y modifican Tipificación y Escala de Multas y Sanciones)
Lima, 29 de octubre de 2009
VISTO:
El Memorando Nº GL‐560‐2009, por el cual la Gerencia Legal somete a consideración
del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, la
aprobación del Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas y Mineras de
OSINERGMIN.
CONSIDERANDO:
Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3 de la Ley Nº 27332 ‐ Ley Marco
de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, modificado
por la Ley Nº 27631, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos,
OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en
materia de su respectiva competencia, los reglamentos, normas que regulen los
procedimientos a su cargo, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter
particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades
supervisadas o de sus usuarios;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 27699 ‐ Ley
Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo está
facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que norman los procesos administrativos vinculados con la Función Supervisora;
Que, asimismo, el artículo 4 de la mencionada Ley establece que las funciones de
supervisión, supervisión específica y fiscalización atribuidas al OSINERGMIN podrán ser
ejercidas a través de empresas supervisoras, indicando que mediante Resolución del Consejo
Directivo se establecerán los criterios y procedimientos específicos para la ...
Regístrate para leer el documento completo.