Reguimen
Obra: Resoluciones del Servicio de Rentas Internas Tema afectado: Establécese un mecanismo único de presentación y pago de declaraciones del formulario 105, respecto al Impuesto a los Consumos Especiales, exclusivamente en medio magnético vía Internet. Base Legal: Registro Oficial Nº 631 de febrero 1 /2012Estimados Suscriptores:
Le hacemos llegar la última Resolución del Servicio de Rentas Internas.
Resolución Nº NAC-DGERCGC12-00028 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Que conforme al artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas queactúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución; Que el artículo 300 de la Carta Magna señala que el régimen tributario se regirá por los principios degeneralidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y progresivos. La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables; Que el artículo 1 de la Ley deCreación del Servicio de Rentas Internas, publicada en el Registro Oficial Nº 206 de 2 de diciembre de 1997, establece la creación del Servicio de Rentas Internas (SRI) como una entidad técnica y autónoma, con personería jurídica, de derecho público, patrimonio y fondos propios, jurisdicción nacional y sede principal en la ciudad de Quito. Su gestión estará sujeta a las disposiciones de esta ley, delCódigo Tributario, de la Ley de Régimen Tributario Interno y de las demás leyes y reglamentos que fueren aplicables y su autonomía concierne a los órdenes administrativo, financiero y operativo; Que de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, el Director General del Servicio de Rentas Internas, expedirá
resoluciones de caráctergeneral y obligatorio, tendientes a la correcta aplicación de normas legales y reglamentarias; Que en concordancia, el artículo 7 del Código Tributario establece que el Director General del Servicio de Rentas Internas dictará circulares o disposiciones generales necesarias para la aplicación de las leyes tributarias y para la armonía y eficiencia de su administración; Que de conformidad con elartículo 5 del Código Tributario, el Régimen Tributario Ecuatoriano se regirá por los principios de legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e irretroactividad; Que el principio de igualdad debe ser considerado bajo una perspectiva de “igualdad entre iguales”, es decir aplicado al mismo segmento de contribuyentes, con las mismas capacidades de acceso a medios tecnológicos, con una similarcapacidad contributiva y con las mismas obligaciones tributarias, características todas que responden y son propias a su condición de “sujetos pasivos del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE)”; Que el artículo 73 del Código Tributario establece que la actuación de la Administración Tributaria se desarrollará con arreglo a los principios de simplificación, celeridad y eficacia; Que el artículo 89del Código Tributario ordena que, la determinación por el sujeto pasivo se efectuará mediante la correspondiente declaración que se presentará en el tiempo, en la forma y con los requisitos que la ley o los reglamentos exijan, una vez que se configure el hecho generador del tributo respectivo; Que de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Tributario, la presentación de...
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