rejistro oficial
Decreto Ejecutivo 368
A más de lo previsto en los números 4 y 5 del artículo 55 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, tendrán IVAtarifa cero las transferencias e importaciones, a partir del 1 de julio de 2008, los siguientes bienes:
Llantas para tractores agrícolas, plásticos para invernaderos, equipos para carnales, equipos parala industria láctea y sus derivados, tubería para riego, bebederos y comederos para ganado y aves, envases metálicos para leche, termos para semen, palas, orcas, machetes, herramientas de manoagrícola, hortícola y forestal, distribuidores de abono; desgranadora de maíz, máquinas de ordeñar, equipos para riego y todos sus componentes, cuartos fríos, aparatos para preparar alimentos y piensos paraanimales, criadoras de aves, máquinas piladoras y trilladoras para cereales y granos en general, sus partes y piezas, seleccionadoras de granos por color electrónicas, implementos para laboratorios degranos y productos alimenticios, semillas, plántulas, y el resto que sirva para el sector agrícola, silos para el almacenamiento de granos, sus partes y piezas, equipos de termometría, elevadores,transportadores de cangilones, secadoras de granos de todo tipo para productos alimenticios, quemadores de biomasa para secamiento de granos, equipos de laboratorios para granos y el resto de productosagropecuarios, empaques de polipropileno y polietileno para los productos alimenticios.
Registro Oficial 369 de 27 de junio de 2008
PORCENTAJES DE RETENCIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA
Resolucióndel Servicio de Rentas Internas – NAC-DGER2008-0750
Se sustituye el Art. 7 de la Resolución NAC-DGER2007-0411, publicada en el Registro Oficial No. 98 de 5 de junio de 2007, mediante la cual seexpidieron los porcentajes de retención en la fuente del Impuesto a la Renta.
Conforme a lo anterior, se ratifica que los porcentajes de retención no se aplicarán a los intereses y rendimientos...
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