Resolución 846

Páginas: 308 (76915 palabras) Publicado: 29 de marzo de 2013
Año XXI - Número 1103
Lima, 9 de agosto de 2004

SUMARIO
Secretaría General de la Comunidad Andina
Resolución 846.- Reglamento Comunitario de la Decisión 571 - Valor en Aduana de las Mercancías Importadas ..................................................................................................

Pág.
1

RESOLUCION 846
Reglamento Comunitario de la Decisión 571 - Valor en Aduanade las
Mercancías Importadas
LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTOS: El Tratado de Creación del Tribunal
de Justicia de la Comunidad Andina, los Artículos 3 y 58 del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 571 de la Comisión sobre el Valor en Aduana de las Mercancías Importadas y el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la
Secretaría General, contenido en la Decisión
425del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; y,
CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de
lo establecido en la Primera Disposición Transitoria de la Decisión 571, la Secretaría General,
deberá adoptar el Reglamento Comunitario de
aplicación de las disposiciones de la misma Decisión, así como la Declaración Andina del Valor;
Que la Comisión de la Comunidad Andina
aprobó la Decisión 571del 12 de diciembre de
2003, mediante la cual se adopta como normativa subregional sobre valor en aduana de las
mercancías, el Acuerdo sobre Valoración de la
Organización Mundial del Comercio (OMC);
Que se debe garantizar la existencia de una
reglamentación uniforme sobre los procedimientos de aplicación de la Decisión 571;

Que es necesario disponer de un procedimiento único comunitarioque brinde un trato indiscriminado a todas las importaciones de mercancías efectuadas al Territorio Aduanero Comunitario;
RESUELVE:
Artículo Único.- Adóptese el Reglamento Comunitario sobre la aplicación del valor en aduana de las mercancías importadas al Territorio
Aduanero Comunitario, que figura como Anexo
de la presente Resolución, el cual contiene el
detalle y los procedimientos deaplicación de la
Decisión 571.
Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a
partir de su fecha de publicación en la Gaceta
Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los seis
días del mes de agosto del año dos mil cuatro.
ANTONIO ARANIBAR QUIROGA
Director General
Encargado de la Secretaría General

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GACETA OFICIAL

09/08/2004 2.128

ANEXO
REGLAMENTO COMUNITARIO DE LA
DECISIÓN 571 - VALOR EN ADUANA DE LAS MERCANCÍAS IMPORTADAS
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Valor en aduana de las mercancías importadas.
1. El valor en aduana de las mercancías importadas es la base imponible para la liquidación
de los Derechos de Aduana ad-valórem, será
determinado deconformidad con los métodos
y procedimientos del Acuerdo sobre Valoración de la OMC, en concordancia con lo establecido en la Decisión 571 y en el presente
Reglamento.
2. El valor en aduana podrá ser considerado para conformar la base gravable para los demás
Derechos e Impuestos a la Importación definidos en las normas comunitarias, de conformidad con lo señalado en el presente reglamento y en lasrespectivas legislaciones nacionales.
Artículo 2. Definiciones.
Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en el Acuerdo sobre Valoración
de la OMC, en la Decisión 571 y en el presente
Reglamento, se adoptan las siguientes definiciones, como complemento de las ya contenidas en dicho Acuerdo.
a) Acuerdo sobre Valoración de la OMC:
El Acuerdo relativo a la Aplicación delArtículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles
Aduaneros y Comercio de 1994 de la Organización Mundial del Comercio.
b) Datos objetivos y cuantificables:
Aquellos que pueden demostrarse con elementos de hecho físicos, tales como, documentos escritos o medios magnéticos. Son
susceptibles de cálculos matemáticos y/o de
verificación.
c) Mercancía:
Todo bien susceptible de ser transportado,...
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