RESUMEN SENTENCIA 22/03/2011 SALA CASACION CIVIL

Páginas: 7 (1553 palabras) Publicado: 15 de septiembre de 2014
SENTENCIA DE CASACION
M PONENTE :Dr. Jaime Alberto Arrubla Paucar
FECHA : 22-03-2011
DECISION: NO CASA
PROCESO: 2007-00091-01
DEMANDANTE:
DEMANDANDO:

ASUNTO:
Ulterior a su liquidación, las respectivas sociedades conyugales derivadas de lazos matrimoniales anteriores, la de ella del 21 de septiembre de 2001 y la de él de 5 de julio de 2002, dos personas inician su convivencia por untérmino superior a los 4 años al cabo de los cuales se presenta la solicitud de existencia y disolución de esa sociedad patrimonial alegando su nacimiento desde el 15 de septiembre de 2001 hasta el 19 de marzo de 2006.
El Juez de Primera Instancia luego de analizar la falta de prosperidad de los medios de defensa propuestos, declaró la unión personal desde el 15 de septiembre de 2001 hasta el 19 demarzo de 2006 y sus efectos patrimoniales desde el 6 de julio de 2002 hasta el 19 de marzo de 2006, a la vez ordenó su liquidación, presentado el recurso de apelación contra ese proveído por el demandado, este fue decidido adversamente confirmándose el fallo.
En sede de casación acusa esa sentencia de estar afectada de incongruencia objetiva, argumentando el desborde de competencia del Ad quo, enla providencia que resultó confirmada, al reconocer la existencia de la unión marital de hecho pese a que ese no fue lo pretendido en la demanda; de violar la ley de forma indirecta en la valoración de pruebas unas documentales y otras testimoniales; además de la violación directa del artículo 2º de la Ley 54 de 1990, modifi cado por el artículo 1º de la Ley 979 de 2005 sosteniendo que estandoincursa la demandante en causal de impedimento para la configuración una sociedad patrimonial de hecho por la existencia de un matrimonio anterior a esa unión marital que se liquidó hasta el 5 de julio de 2002, las disposiciones efectuadas sólo tenían efecto a partir del 5 de julio de 2005, pues se debía dejar pasar un año, para iniciar el conteo del otro bienio. La Corte al no encontrar configuradoslo yerros que se denuncian no casa la sentencia.

SOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS
PERMANENTES - Los efectos patrimoniales derivados de la existencia de la una unión marital de hecho por un lapso no inferior a dos años cuando existe impedimento legal para contraer matrimonio por parte de ambos compañeros permanentes, surgen a partir de la disolución de la sociedad conyugal anterior no unaño después de su liquidación.
(…) claramente se advierte que el Tribunal no incurrió en los errores iuris in judicando que se le imputan, al dejar establecida la unión marital de hecho y la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes dentro de los extremos temporales dichos, de una parte, porque la consolidación de la convivencia marital por un término no inferior a dos años, únicamentese entronca con dicha sociedad, y de otra, porque existiendo impedimento legal para contraer matrimonio, la nueva relación patrimonial surge a partir de la disolución de la sociedad conyugal anterior, que no un año después de su liquidación.
SOCIEDAD CONYUGAL - Es con la disolución de la sociedad conyugal que los efectos patrimoniales se concretan y a la vez mueren no con su liquidación
(…) setiene que es factible la existencia de uniones maritales sin la presunción de sociedad patrimonial, cual acontece en todos los casos en que la vida marital es inferior a dos años, o en los eventos en que pese a ser por un tiempo mayor, subsiste la limitante derivada del impedimento legal para contraer matrimonio, como es la vigencia de la sociedad conyugal. Por lo mismo, hay lugar a dichapresunción, supuesto el citado requisito temporal, cuando entre los compañeros permanentes no concurre tal impedimento, o existiendo, la respectiva sociedad conyugal llegó a su fi n por el fenómeno de la disolución.
(…)
La unión marital de hecho, bien se sabe, supuestos los elementos que la caracterizan, tiene la virtud de hacer presumir la sociedad patrimonial, siempre que aquélla haya perdurado un...
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