Régimen Económico Y Régimen Del Trabajo En Una Cooperativa
RÉGIMEN ECONÓMICO Y RÉGIMEN DEL TRABAJO
Una cooperativa como forma solidaria de trabajo está indispensablemente formada por un cuerpo jurídicoque la respalda y direcciona en sus asuntos de naturaleza jurídica, objeto social, por lo tanto debe y está direccionada en asuntos competentes a sus asociados como el caso del patrimonio donde estásegún la ley 79 de 1988 en el capítulo V, Art 46; expresamente consta del patrimonio; toda cooperativa debe y tiene su patrimonio por los aportes sociales individuales y los amortizados, los fondos yreservas de carácter permanente y las donaciones o auxilios que se reciban con destino al incremento patrimonial. Todo aporte social ordinario o extraordinario que haga un asociado puede ser satisfechoen dinero, en especie o trabajo convencionalmente avaluados. Teniendo en cuenta que cada aporte social de los asociados, se acreditarán mediante certificaciones o constancias expedidas según se lodispongan o se disponga en los estatutos y en ningún caso tendrán carácter de títulos valores, sin embargo estos aportes están ligados directamente a favor de la cooperativa como garantías que contraigancon ellas. Estos aportes no podrán ser gravados por sus titulares a favor de terceros, puesto que serán inembargables y solo podrán cederse a otros asociados en la forma que prevean los estatutos yreglamentos. La presente ley específica las formalidades para una mutua y favorable repartición de igualdad en los aportes de cada asociado, no se permite tener más del 10% de los aportes sociales deuna cooperativa a una persona natural asociada. En los casos que alleguen a deudas por parte de un asociado a la cooperativa, esto prestará mérito ejecutivo ante la jurisdicción ordinaria, para elcobro de los aportes ordinarios o extraordinarios que adeuden. Toda cooperativa está presta a unos ejercicios anuales que se cerrarán el 31 de diciembre. Al término de cada ejercicio se cortarán las...
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