SC435 2014 2007 00271 01

Páginas: 22 (5398 palabras) Publicado: 4 de mayo de 2015
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL


Magistrado Ponente:
JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ

SC435-2014
Bogotá, D. C., veintisiete (27) de enero de dos mil catorce (2014)
Aprobada en Sala de veinticinco (25) de noviembre de dos mil trece (2013)


Ref.: 08001-31-10-007-2007-00271-01


Decide la Corte el recurso de casación interpuesto por la demandante, señora MARÍA MARCELA CLAUDIA BARRERAGUAYASAN, frente a la sentencia proferida el 12 de agosto de 2011 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, Sala Civil - Familia, en el proceso que ella adelantó en contra del señor JULIO CÉSAR CONTRERAS MORALES.

ANTECEDENTES

1. Mediante el escrito con el que se dio inicio al presente asunto (fls. 1 a 19, cd. 1), cuyo conocimiento correspondió por reparto alJuzgado Séptimo de Familia de Barranquilla, la nombrada demandante convocó al mencionado accionado a un juicio ordinario, para que se declarara que entre ellos existió una “sociedad marital singular de vida permanente” y, consecuencialmente, una “sociedad patrimonial de hecho”, desde el 4 de septiembre de 1998 hasta enero del 2007; y para que se dispusiera la disolución y liquidación de la última.

Enel libelo se incluyeron otras súplicas, enderezadas a que se declarara la simulación de un contrato de compraventa celebrado por el señor Contreras Morales y un tercero. La citada oficina judicial, en el auto admisorio de la demanda, resolvió “NO ACCEDER a la solicitud de acumulación de pretensiones formulada por el apoderado actor”, toda vez que carecía de competencia para conocer algunas de lasmismas.

2. Como sustento de los pedimentos en relación con los que se adelantó la controversia, según viene de precisarse, se adujo que las partes, desde el 4 de septiembre de 1998, aproximadamente, empezaron a convivir de manera permanente y continua; que el 1º de enero de 2007, el demandado decidió unirse a otra pareja, lo que puso fin a aquella primera relación; que durante su existencia, nose procrearon hijos y el accionado mantuvo la afiliación de la actora, como su compañera permanente, en el sistema de seguridad social; y que los señores Barrera Guayasan y Contreras Morales no pactaron capitulaciones.

Por aparte, se relacionaron los bienes que integran el activo y las obligaciones que constituyen el pasivo, de la alegada sociedad patrimonial de hecho cuyo reconocimiento,disolución y liquidación fue impetrado.

3. El juzgado del conocimiento admitió la demanda con auto del 23 de julio de 2007, empero sólo en cuanto hace, como ya se puntualizó, a las pretensiones concernientes con la “DECLARACIÓN DE EXISTENCIA, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD MARITAL DE HECHO” (fl. 177, cd. 1), proveído que se notificó personalmente al accionado en diligencia verificada el 6 dediciembre siguiente (fl. 177 vuelto).

4. Al responder el libelo introductorio, el convocado se opuso a sus pretensiones y se refirió pormenorizadamente respecto de los hechos que les sirvieron de soporte. Admitió haber convivido con la accionante entre septiembre de 1998 y finales de agosto de 1999, que en el año 2001 reinició la relación amorosa que de antes tenía con la señora Luz Stella CuadroHerrera, la cual perduró hasta 2004, y que inició vida marital con quien en la actualidad es su esposa, señora Yurley Estefany Figueroa Fernández, a partir del 22 de octubre de 2005.

Propuso, con el carácter de meritorias, las excepciones de “inexistencia de la sociedad marital de hecho, por no haberse cumplido con los términos que obliga la ley” y “prescripción de las acciones que pudieranderivarse de la unión marital de hecho” (fls. 191 a 205, cd. 1).

5. No obstante otras incidencias ocurridas en el transcurso de lo actuado, cabe resaltar que la señora Luz Stella Cuadro Herrera compareció al proceso y, en su condición de tercero ad excludendum, solicitó que se acumulara a esta tramitación la demanda que, con similar cometido al que tiene la que dio origen a este asunto, presentó en...
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