Secundario Completo
Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles
Integrantes: Marcelo Alejandro Oliver
Jesús Oscar Manuel VivaresConvención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
Adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 39/46, de 10 dediciembre de 1984
Entrada en vigor: 26 de junio de 1987, de conformidad con el artículo 27 (1)
Parte I
Artículo 1
1. A los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término "tortura"todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, decastigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuandodichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No seconsiderarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas.
2. El presente artículo se entenderá sin perjuicio decualquier instrumento internacional o legislación nacional que contenga o pueda contener disposiciones de mayor alcance.
Este articulo habla sobre lo que se entiende por “TORTURA”, el policía comofuncionario público u otras personas en el ejercicio de su función pública no puede actuar de tal manera realizando actos de tortura a instigación suya o con consentimiento.
Artículo 4
1. Todo EstadoParte velará por que todos los actos de tortura constituyan delitos conforme a su legislación penal. Lo mismo se aplicará a toda tentativa de cometer tortura y a todo acto de cualquier persona que...
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