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Reglamento publicado el Diario Oficial de la Federación el día 7 de abril de 1993
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que meconfiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 1º, 110 al 159, 171 al 175, 182 al 194 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 1º fracciones V, VI, VII; 3º, 5º, 8º, 9º, 16, 41, 48, 51, 134, 152, 153, 164, 166, 590 y demás relativos de la Ley de Planeación; 1º, 2º, 4º, 6º, 37, 40, 41, 60,61, 62, 63 y 64 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; 1º, 2º, 3º, 4º, 29 y 30 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear y 27, 29, 32, 33, 34, 36 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien emitir el siguiente REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS TITULO PRIMERO DISPOSICIONESGENERALES Artículo 1o.El presente ordenamiento tiene por objeto regular el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos. No es materia de este Reglamento, el transporte terrestre de materiales peligrosos realizado por las fuerzas armadas mexicanas, el cual se regula por las disposiciones normativas aplicables.
Artículo 2o.Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:AUTOTRANSPORTISTA Persona física o moral debidamente autorizada por la Secretaría para prestar servicio público o privado de autotransporte de carga. Persona física o moral que diseña, construye, reconstruye o repara unidades destinadas para el transporte de materiales y residuos peligrosos. Persona física o moral receptora de materiales y residuos peligrosos.
CONSTRUCTOR O RECONSTRUCTOR DE UNIDADESDESTINATARIO.
EMPRESA FERROVIARIA
Empresa u organismo autorizados por el Gobierno Federal para operar el transporte por tren y prestar servicios auxiliares. Persona física o moral que a nombre propio o de un tercero, contrata el servicio de transporte de materiales o residuos peligrosos. Todo recipiente destinado a contener un producto y que entra en contacto directo con el mismo, conservando suintegridad física, química y sanitaria. Se entiende aquél que contiene al envase primario y que le sirve de protección. Aquellas substancias peligrosas, sus remanentes, sus envases, embalajes y demás componentes que conformen la carga que será transportada por las unidades. Normas oficiales mexicanas que expiden las dependencias competentes, sujetándose a lo dispuesto en la Ley Federal sobreMetrología y Normalización. Acción de evacuar o eliminar un fluido de cualquier depósito utilizado para el transporte de materiales y residuos peligrosos. Todos aquellos residuos, en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, venenosas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas infecciosas o irritantes, representan un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Todo aquel elemento, compuesto, material o mezcla de ellos que independientemente de su estado físico, represente un riesgo potencial para la salud, el ambiente, la seguridad de los usuarios y la propiedad de terceros; también se consideran bajo esta definición los gentes biológicos causantes de enfermedades. Substancias, materiales o residuos peligrososque persisten en los contenedores, envases o embalajes después de su vaciado o desembalaje. Autotransportista y empresa ferroviaria. Una máquina o más de una máquina que transitan por el ferrocarril, con o sin carros acoplados, exhibiendo indicadores.
EXPEDIDOR
ENVASE INTERIOR
ENVASE EXTERIOR MATERIAL PELIGROSO
NORMAS
PURGAR
RESIDUO PELIGROSO
SECRETARIA SUBSTANCIA PELIGROSA...
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