sentencia parentesco afinidad TS

Páginas: 18 (4339 palabras) Publicado: 6 de octubre de 2013
RESUMEN:
Ante el Tribunal Supremo se planteó a qué grupo de los previstos en el artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones pertenece un pariente colateral por afinidad, sobrino carnal de la esposa premuerta, respecto del causante.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La cuestión de fondo objeto de controversia en las presentes actuaciones se contrae a dilucidar si DonCelestino G. de la N. M., sobrino carnal de la esposa, premuerta, del causante y testador, Don José F.-R. A., fallecido el 10 de julio de 1989, debe considerarse comprendido, a tenor del criterio de la sentencia de instancia, como colateral de tercer grado por afinidad que es del citado Sr. F.-R., en el Grupo III del artículo 20 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones yDonaciones, dentro del concepto "colaterales de segundo y tercer grado", o, por el contrario, según el parecer de la Administración del Estado, debe reputarse como extraño, en el Grupo IV del citado artículo, dentro del concepto "colaterales de cuarto grado, grados más distintos y extraños" (sin que, por tanto, haya lugar a reducción alguna de la base imponible).

Segundo.- Al respecto, elacuerdo del TEAC de 29 de junio de 1994 declara que el comentado Grupo III del artículo 20 de la Ley 29/1987 contempla dos subgrupos de parientes: Los colaterales de segundo y tercer grado, por un lado, y los ascendientes y descendientes por afinidad, por otro; y, cuando el precepto se refiere a colaterales es obvio que lo hace a los colaterales del causante (es decir, se entiende, a los colateralespor consanguinidad), que son los inmediatamente llamados a suceder en defecto de los parientes englobados en el Grupo II (descendientes, cónyuge, ascendientes y adoptantes), de acuerdo con los artículos 943 y siguientes del Código Civil, pues, de los parientes del cónyuge -los afines del causante- sólo van al Grupo III los ascendientes y descendientes.

El recurrente alega ser colateral de tercergrado por afinidad -parentesco que no se discute-, pero ese grado de afinidad ya no pertenece al Grupo III, y, por tanto, debe comprenderse en el Grupo IV, donde, a modo de cláusula residual, se recogen los parentescos más distantes, equiparándolos a los extraños.

Tercero.- Por su lado, la sentencia de instancia (estimatoria del recurso contencioso administrativo interpuesto contra el acuerdoacabado de reseñar del TEAC) expresa, como fundamento de su fallo, que:

A) El artículo 20 de la Ley 29/1987, en la redacción vigente en el momento del fallecimiento del causante, señala que la base liquidable se obtendrá aplicando en la base imponible la reducción que corresponda de las incluidas en los Grupos siguientes: Grupo I: descendientes y adoptados menores de 21 años; Grupo II:descendientes y adoptados de 21 años o mayores, cónyuges, ascendientes y adoptantes; Grupo III: colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad; y, Grupo IV: colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños.

B) Tales Grupos no se corresponden exactamente con el orden sucesorio abintestato recogido en los artículos 930 y siguientes del CC, pues el ordensucesorio excluyente es: 1.- hijos y descendientes; 2.- ascendientes; 3.- cónyuge; y 4.- colaterales hasta el cuarto grado (sin distinción de consanguíneos y afines), y, por tanto, la norma fiscal ha de interpretarse en el contexto del Impuesto que regula, pretendiendo una reducción en la base imponible por la proximidad del grado de parentesco (que luego sirve para hallar la cuota tributaria enfunción del coeficiente aplicable sobre la cuota íntegra -resultante, a su vez, de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen-

C) El comentado artículo 20 únicamente distingue en la línea recta descendente y ascendente el parentesco por consanguinidad y afinidad, equiparando al primero el parentesco por afinidad. Así, los Grupos I y II se refieren, sólo, al parentesco en línea recta...
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