Sentencia T-067/07
HABEAS DATA-Procedencia de la tutela
ACCION DE TUTELA CONTRA PARTICULARES-Casos en que procede por existir indefensión
SUBORDINACION E INDEFENSION-Distinciones
ACCION DE TUTELA-Recursos que la hacen improcedente deben ser idóneos y eficaces
DERECHO AL BUEN NOMBRE-Carácter fundamental
DERECHO A LA INTIMIDAD, AL BUEN NOMBRE Y AL HABEAS DATA-Tienen dimensionesespecíficas que los individualizan
DERECHO AL BUEN NOMBRE-Concepto
DERECHO AL BUEN NOMBRE-Mérito como presupuesto indispensable
DERECHO AL BUEN NOMBRE-Configuración
La vulneración del derecho al buen nombre se concreta cuando se difunde información falsa o errónea sobre las personas, de tal suerte que se distorsione la imagen que éstas tienen ante la sociedad, circunstancia quepuede derivar en perjuicios de orden moral y patrimonial. En otros términos, la Corte ha señalado que no constituye violación al derecho personalísimo al buen nombre el hecho de consignar en bases de datos o de difundir en diferentes medios de información actuaciones imputables a la persona que menoscaban la imagen que ha construido en la sociedad, toda vez que, se repite, el carácter meritorio deeste derecho, compele a las personas a desplegar actuaciones consecuentes con la fama que tienen frente a terceros, de manera que la difusión de información respecto de actuaciones que repercutan negativamente en el reconocimiento social de un individuo, cuando atiende a la realidad, no puede ser censurada.
DERECHO AL HABEAS DATA-Núcleo esencial
DERECHO AL HABEAS DATA-Vulneración
Elderecho al habeas data resulta vulnerado en los eventos en que la información contenida en un archivo de datos (i) sea recogida de forma ilegal, (ii) sea errónea, (iii) o verse sobre aspectos reservados de la esfera personal del individuo. En este sentido, la Corte ha manifestado que la transmisión de información errónea afecta el derecho al buen nombre de las personas, por cuanto distorsiona la imageno buena fama que ha conseguido construir en sociedad. Los efectos lesivos para la persona, derivados de la divulgación de información errónea, se hacen más notorios en materia de administración de datos financieros, habida cuenta que el deterioro de la imagen comercial o financiera de un individuo puede implicar perjuicios significativos en materia económica.
DERECHO AL HABEAS DATA-Informaciónalmacenada en bases de datos debe ser veraz, actual y oportuna
CONFORMACION DE BASES DE DATOS DE RIESGO FINANCIERO-Veracidad/RECTIFICACION DE INFORMACION
La administración de datos de terceros supone la veracidad de los mismos, circunstancia que se deriva del núcleo esencial de los derechos al buen nombre y al habeas data. Una situación diversa, esto es, la injustificada publicación de datosfalsos o incompletos, afecta el reconocimiento social que meritoriamente ha construido una persona. Estos efectos negativos cobran mayor dimensión en los eventos en que la información verse sobre aspectos financieros o comerciales de la persona.
Referencia: expediente T-1430393
Accionante: Ángel de Jesús Cadavid Cadavid
Demandado: Almacén Navarro Ospina S.A.
Magistrado Ponente:
Dr.RODRIGO ESCOBAR GIL
Bogotá D. C., primero (1) de febrero de dos mil siete (2007)
La Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Rodrigo Escobar Gil, Marco Gerardo Monroy Cabra y Nilson Pinilla Pinilla, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA
En el proceso de revisión de los fallosproferidos por el Juzgado Once Civil Municipal de Medellín y el Juzgado Once Civil del Circuito de Medellín, dentro de la acción de tutela instaurada por Ángel de Jesús Cadavid Cadavid contra Almacén Navarro Ospina S.A.
I. ANTECEDENTES
1. Hechos
El tres (3) de abril de 2006, el ciudadano Ángel de Jesús Cadavid Cadavid instauró acción de tutela contra la empresa Almacén Navarro Ospina S.A.,...
Regístrate para leer el documento completo.