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Las empresas beneficiarias de los descuentos seránsolamente aquellas que se hayan reactivado o registrado en la Cámara de Comercio a partir del 29 de diciembre de 2010, que lleven su contabilidad en debida forma, que no tengan un personal mayor a 50empleados, y cuyos activos totales no excedan de 5000 SMLV.
Para una mejor comprensión del tema, le sugerimos leer nuestro artículo Beneficios a nuevas empresas Ley 1429, donde se explican en detallelos beneficios de estas nuevas empresas.
El decreto 4910 en su articulo 6° dice que, entre otros, los siguientes serán los requisitos que deben cumplir las empresas que deseen acogerse a losbeneficios:
1. El primer requisito que deben cumplir las empresas es inscribirse en la Cámara de Comercio, y llevar contabilidad regular de sus negocios, para que de esta manera se registren en cuentasindependientes cuales son los ingresos ordinarios de la empresa y cuáles no, es decir los ingresos provenientes del objeto social, ya que el beneficio solamente será sobre las rentas operacionales queperciba y sobre sus correspondientes costos y gastos, las demás rentas, no se podrán incluir dentro del beneficio.
2. Antes del 31 de diciembre de cada año, las empresas que se quieran acoger a losbeneficios, deberán entregar ante la división de fiscalización de la DIAN, la copia del certificado de existencia y representación legal para las personas jurídicas, o el registro mercantil para laspersonas naturales, junto con una certificación del declarante o representante legal de la empresa, donde bajo la gravedad de juramento, manifieste su intención de acogerse a los beneficios del artículo...
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