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Siendo así, uno de los aspectos más importantes de esta definiciónque recoge la Carta Fundamental vigente es que todas las leyes que emanen de la Asamblea Nacional tendrán la consideración de formales con lo cual se suma a la tendencia constitucional del derechocomparado, que consiste en excluir la generalidad como característica de la ley.
En este estadio de las cosas pudiéramos concluir, desde un punto de vista práctico, que la Constitución al consagrar yrecoger “la ley formal” como una pluralidad normativa éstas –las leyes formales- ocupan un espacio muy superior dentro de la clasificación de las leyes. Sin embargo, cabe señalar al respecto, que ladoctrina ha advertido –particularmente la doctrina italiana- que tal generalidad de las leyes formales, puede verse restringida cuando se regulen materias que por su peculiaridad así lo ameriten, ;siendo así, la generalidad es la nota esencial y la particularidad vendrá dada por la originalidad de la materia que estas regulen. En este sentido, el catedrático español Juan Santamaría haestablecido que la procedencia de las leyes singulares, así denominadas en la doctrina española, estará justificada, en tanto y en cuanto estas cumplan los siguientes requisitos: i) la ley singular, en primerlugar, es una técnica que ha de respetar la distribución constitucional de competencias entre los órganos del Estado: no pudiendo utilizarse, verbigracia para resolver un litigio sometido al...
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