Sueldos
D
T
I I
__________________________________
Tema 4
Salarios y sueldos
“ Mat er i al d i d ác t i c o d i g i t al i zad o p ar a l a en s eñ an za d e l a A d m i n i s t r ac i ó n en l a A r q u i t ec t u r a”
(Su b p r o y ec t o PAPIME EN402003)
Responsable académico: Dr. Jorge Quijano Valdez
Sem es t r e 200922
Ín d i c e
Introducción (3)
4.1 Salario integrado (4)
4.2 Ley del IMSS (9)
4.3 Ley del INFONAVIT (11)
Preguntas guiadas (17)
Respuestas (según el compilador) (18)
Glosario de términos (19)
Bibliografía y lecturas recomendadas (21)
3
In t r o d u c c i ó n
Es importante que los futuros arquitectos estén informados de las
obligaciones laborales que tienen para con sus colaboradores, empleados y
trabajadores, por ello, en esta asignatura del Plan ’99 se propuso abordar el tema de
los salarios como parte fundamental de la realización de los presupuestos de obra.
El salario es una retribución monetaria o en especie que recibe un trabajador
a quien se le emplea. Conforme se han desarrollado históricamente las políticas
económicas, comerciales y laborales, el tema del salario ha sido objeto de
numerosos análisis, y se han creado formas para calcular los salarios de
trabajadores de los diferentes sectores de la economía. Ahora bien, para el
arquitecto es importante saber, en tanto que emplea trabajadores de diversos oficios
para ocuparlos en una oficina, un despacho o en la realización de una edificación,
que entre las clases de salario más conocidos están el salario base, que sirve
legalmente para calcular los subsidios familiares; el mínimo, que se fija legalmente y
en relación con el cual toda remuneración inferior es ilegal; el nominal, una cantidad
monetaria que percibe un trabajador y es el salario base (más, generalmente,
primas por antigüedad y otras circunstancias), y el real, que se mide considerando
las prestaciones y servicios a que el trabajador tiene derecho. Asimismo, necesita
estar al tanto de que las cuestiones legales referentes al salario que puede percibir
un trabajador se determinan, fundamentalmente, por el tipo de actividad a
desempeñar, la experiencia laboral, los riesgos que implica y los acuerdos entre el
trabajador y un empleador, pero siempre considerando diversos códigos jurídicos
federales (por ejemplo, la Ley Federal del Trabajo) y tomando en cuenta las
indicaciones de ley que establecen el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).
En este texto se estudian las disposiciones legales que las instituciones
mencionadas obligan a tener en cuenta sobre los salarios, incluyendo a ese cálculo
de salario que no es del todo fácil de entender y determinar: el salario diario integrado, mismo al que dedicamos la parte inicial de este trabajo.
4
4.1 Sal ar i o i n t eg r ad o
Una cosa es el sueldo que un trabajador percibe semanal o quincenalmente,
otra muy diferente el salario diar io integrado —jornal— cuya composición ese
trabajador tiene derecho a conocer. La diferencia esencial es que el salario diario
integrado incluye a las prestaciones (prima vacacional, aguinaldo, tiempos extras,
comisiones, vales de despensa, etcétera) y las cuotas obreropatronales; esa
estimación está cuidadosamente reglamentada por la ley del IMSS, a propósito de la
cual, y en relación con el patrón, hablaremos en el apartado siguiente. Por ahora
veremos los artículos referentes al salario integrado y al mínimo que incluye la Ley ...
Regístrate para leer el documento completo.