SUSUKI
MATERIA: Leg. Lab. Y Seg. Social TEMA: De las organizaciones de trab.y patrones
TITULO: Ley General del Trabajo AUTOR: s/a
EDICION: Séptima ediciónEDITORIAL: U.P.S.
Art. 131. En caso de disolución, se liquidará el haber sindical dentro del plazo de seis meses, y sus bienes se destinarán al objeto que señale los estatutos. A falta de determinación expresa sobre este punto, y después de haberse cubierto las obligaciones de la asociación, se restituirá a la empresa los bienes y efectos que hubiese donado, y el saldo seinvertirá en obras de educación, previsión social y fomento del deporte en la misma empresa o el lugar, provincia o departamento donde dicho sindicato hubiere tenido domicilio. Esta inversión seráautorizada por el Ministerio del Trabajo.
FICHA DE RESUMEN
MATERIA: Leg. Lab. Y Seg. Social TEMA: De las organizaciones de trab.y patrones TITULO: Ley General del TrabajoAUTOR: s/a
EDICION: Séptima edición EDITORIAL: U.P.S.
Art. 132. La resolución gubernativa que declare la disolución del sindicato, nombrará uno o variosliquidadores, si los estatutos sociales no hubiesen previsto nada al respecto.
Art. 133. Los sindicatos podrán constituir federaciones o confederaciones en beneficio de sus intereses comunes.
Art. 134. Lasfederaciones o confederaciones deberán obtener la personalidad jurídica, en las mismas condiciones establecidas para los sindicatos y, en tal caso, gozarán de los mismos derechos que éstos,agregándose el de representar a los sindicatos adheridos.
FICHA DE RESUMEN
MATERIA: Leg. Lab. Y Seg. Social TEMA: De las organizaciones de trab.y patrones TITULO: Ley General delTrabajo AUTOR: s/a
EDICION: Séptima edición EDITORIAL: U.P.S.
Art. 135. La disolución de una federación o confederación podrá realizarse en los mismos casos...
Regístrate para leer el documento completo.