TERCERA SEMANA
El Contrato De Edición:
Es el contrato por el que el autor o los titulares de los derechos, ceden al editor, comomínimo, el derecho de reproducir y distribuir la obra a cambio de una contraprestación económica. Estos derechos no se tienen por qué ceder en exclusiva. Así mismo se pueden ceder también otrosderechos, como el de transformación o el de comunicación pública. El editor se obliga a realizar estas operaciones por su cuenta y riesgo en las condiciones pactadas. Objeto del contrato de edición Elobjeto del contrato es la obra que se va a editar, y más concretamente las copias editadas o ejemplares y la compensación económica.
La obra que se va a editar tiene que ser susceptible de reproducciónen un soporte material. La compensación económica puede ser no dineraria, aunque para la validez del contrato se exige la fijación de un precio, sin perjuicio de que los usos y la ley reserven alautor un derecho a recibir ejemplares de la obra (que no debe entenderse como remuneración en especie). O Requisitos y contenido del contrato de edición Deberá formalizarse por escrito. Si falta esterequisito el contrato será nulo. Además, el contrato deberá expresar: Si la cesión del autor al editor tiene carácter de exclusiva. Los autores deberían reservarse la posibilidad de poder depositarsus obras en acceso abierto. El ámbito territorial. . El número máximo y mínimo de ejemplares que alcanzará la edición o cada una de las que se convengan. Si falta este requisito el contrato será nulo.De Inclusión De Una Obra En Un Fonograma:
Mediante el contrato de inclusión de una obra fonograma, el autor autoriza a un productor, mediante una remuneración previa, a fijar la obra en un fonogramapara su disposición al público.
De Representación:
Por su parte, el contrato de representación es el que se establece cuando el autor de una obra dramática o dramático musical coreógrafo o de...
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