DECRETO DE URGENCIA Nº 058‐2011 DICTAN MEDIDAS URGENTES Y EXTRAORDINARIAS EN MATERIA ECONÓMICA Y FINANCIERA PARA MANTENER Y PROMOVER EL DINAMISMO DE LA ECONOMÍA NACIONAL EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Marco Macroeconómico Multianual Revisado 2012‐2014, elaborado con información fiscal hasta el mes de julio y aprobado en Sesión de Consejo de Ministros del 24 de agosto del 2011, se contempla una meta de superávit fiscal de 0,8% del PBI en el año 2011; Que, de acuerdo con la nueva información fiscal del mes de setiembre y los datos proyectados del cuarto trimestre del presente año se observa que existe el riesgo de una importante subejecución del gasto público en los tres niveles de gobierno que llevaría a que se alcance este año un superávit fiscal por encima de la meta planteada en el Marco Macroeconómico Multianual Revisado 2012‐2014; Que, el importante superávit fiscal acumulado en lo que va del presente año brinda el espacio fiscal necesario para impulsar el gasto público transitorio y contribuir al dinamismo de la economía, sin alejarse de la meta fiscal de un superávit de 0,8% del PBI previsto para el presente año; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 054‐2011 se dictaron medidas para dinamizar la ejecución de los proyectos de inversión pública con el objetivo de dinamizar la economía peruana ante un escenario de deterioro del entorno internacional y subejecución de la inversión pública; Que, los últimos indicadores de la actividad de la economía mundial muestran un menor crecimiento y una mayor incertidumbre en los mercados financieros internacionales y su potencial efecto negativo sobre el crecimiento de la economía global, asociada a la débil evolución de la economía de Estados Unidos y la persistencia de riesgos sobre la situación fiscal y financiera de algunos países industrializados; Que, el mayor deterioro del entorno internacional observado durante las últimas semanas y las menores perspectivas de crecimiento de la economía mundial generan una serie de riesgos sobre el desempeño de la economía peruana durante los próximos meses; Que, en ese sentido, para evitar que, el mayor deterioro del entorno internacional y la subejecución de la inversión pública programada, afecten sustancialmente el crecimiento económico durante los próximos meses, resulta necesario dictar medidas urgentes en materia económica y financiera a fin de promover y mantener el dinamismo de la economía nacional; Que, el Gobierno a través de los Ministerios de la Producción y de la Mujer y Desarrollo Social, considera necesario implementar como medida económica y social, que la Unidad Ejecutora 004 Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES), del pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social apoye a las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) en el mantenimiento de los niveles de producción y empleabilidad, a través de la gestión de compras de bienes y distribución a nivel nacional. Que, los Ministerios de la Producción y de la Mujer y Desarrollo Social, respectivamente, solicitan al Ministerio de Economía y Finanzas un Crédito Suplementario hasta por la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 381 500 000,00), a favor del pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – Unidad Ejecutora 004 FONCODES, a efectos de implementar lo señalado en el considerando precedente; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar medidas urgentes y extraordinarias, de naturaleza económica y financiera, que tengan como fin autorizar al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES) del pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para que gestione la ...
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