TP8 Minoridad
Derecho Internacional PrivadoGrupo: A
Alumna: Karina solange benedetti
DNI:32.013.475
Comisión N0 9528
PROTECCION INTERNACIONAL DE LA MINORIDAD
Analice el fallo W., E.M. c. O., M. G. (Caso Daniela) yresponda las siguientes preguntas:
1. ¿Qué entiende usted por carácter autónomo de la convención de la Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores?
2. ¿En qué artículo prevé laConvección antes mencionada el rechazo de la restitución del menor?
3. ¿En qué se fundamentó la postura minoritaria para considerar que debía rechazarse la restitución solicitada?
4. ¿Con queotras Convenciones se vincula la Convención de la Haya?
1). La convención de la Haya implementa un proceso que no se refiere al conflicto de ley aplicable a la custodia de los menores, ni a lavalidez de las resoluciones judiciales o administrativas de un Estado en el territorio de otro. Persigue la cooperación entre las Autoridades Centrales de los Estados Partes a fin de lograr que lainmediata restitución del niño sea voluntaria y lo menos traumática posible.Logrando asi, que la decisión de cualquier desavenencia entre las partes se realice en el Estado de residencia habitual del menor,sin ventajas para uno u otro progenitor. También contempla en su artículo 29 la posibilidad que se reclame la restitución directamente ante las autoridades judiciales de los Estados Partes.El pedido deRestitución procederá:
· Cuando exista un derecho de custodia atribuido por la ley vigente en el Estado donde el menor tenía su residencia habitual.
· Si ese derecho de custodia se ejercíaefectivamente al momento del traslado o retención del menor.
· El menor debe tener su residencia habitual en el Estado requirente de la restitución.
· El traslado y/o retención deben ser ilícitos.
2)...
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