Tributaciuon en el peru
SUNAT acaba de publicar un proyecto de resolución desuperintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT a fin de regular la aplicación Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central a que se refiere el TextoÚnico Ordenado del Decreto Legislativo N.° 940, aprobado por Decreto Supremo N° 155-2004-EF y norma modificatoria, a los contratos de construcción, así como modificar las causales de invalidez de laconstancia de depósito teniendo en cuenta el acceso en línea por parte de la Administración Tributaria a la información registrada por el Banco de la Nación.
Los comentarios al proyecto de resoluciónde superintendencia pueden dirigirse hasta el día 20 del mes de Agosto de 2010 a la siguiente dirección:
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria Av. Garcilazo de la Vega N° 1472,Lima.
Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la siguiente dirección: caponte@sunat.gob.pe
La persona encargada de recibir los comentarios es: Carlos Aponte Farías
ELPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29475 se modificaron diversas disposiciones de la Ley Nº 28583, Ley de Reactivación y Promoción de la Marina Mercante Nacional y seincorporaron otras a dicha ley;
Que conforme a la modificación de la primera disposición transitoria y final de la Ley Nº 28583, dispuesta por el artículo 1 de la Ley Nº 29475, mediante decretosupremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se expedirán las normas complementarias y reglamentarias para la aplicación de las disposiciones tributarias introducidas mediante dicha Ley;
Quees necesario aprobar las normas complementarias y reglamentarias para la aplicación de las normas tributarias de la Ley de Reactivación y Promoción de la Marina Mercante Nacional;
En uso de las...
Regístrate para leer el documento completo.