tributaria
Artículo 30. Es de la competencia municipal el gobierno y administración de los intereses peculiares de la entidad, en particular cuanto tenga relación con sus bienes e ingresos y con las materias propias de la vida local, tales como urbanismo, abastos,circulación, cultura, salubridad, asistencia social, institutos populares de crédito, turismo y policía municipal.
La ley podrá atribuir a los Municipios competencia exclusiva en determinadas materias, así como imponerles un mínimo obligatorio de servicios.
Artículo 31. Los Municipios tendrán los siguientes ingresos:
El producto de sus ejidos y bienes propios;
Las tasas por el uso de susbienes o servicios;
Las patentes sobre industria, comercio y vehículos, y los impuestos sobre inmuebles urbanos y espectáculos públicos;
Las multas que impongan las autoridades municipales, y las demás que legalmente les sean atribuidas;
Las subvenciones estadales o nacionales y los donativos; y
Los demás impuestos, tasas y contribuciones especiales que crearen de conformidad con la ley.Artículo 32. Los ejidos son inalienables e imprescriptibles. Sólo podrán enajenarse para construcciones en los casos establecidos en las ordenanzas municipales y previas las formalidades que las mismas señalen. También podrán enajenarse con fines de reforma agraria aquellos que determine la ley, pero siempre se dejarán a salvo los que requiera el desarrollo de los núcleos urbanos.
Artículo 33. LosMunicipios podrán hacer uso del crédito público con las limitaciones y requisitos que establezca la ley.
Artículo 34. Los Municipios estarán sujetos a las limitaciones establecidas en el artículo 18 de esta Constitución y no podrán gravar los productos de la agricultura, la cría y la pesquería de animales comestibles, con otros impuestos que los ordinarios sobre detalles de comercio.
TITULO IIDE LA NACIONALIDAD
Artículo 35. Son venezolanos por nacimiento:
Los nacidos en el territorio de la República;
Los nacidos en territorio extranjero de padre y madre venezolanos por nacimiento;
Los nacidos en territorio extranjero de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento, siempre que establezcan su residencia en el territorio de la República o declaren su voluntadde acogerse a la nacionalidad venezolana; y
Los nacidos en territorio extranjero de padre venezolano por naturalización o madre venezolana por naturalización, siempre que antes de cumplir diez y ocho años de edad establezcan su residencia en el territorio de la República y antes de cumplir veinticinco años de edad declaren su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.
Artículo 36. Sonvenezolanos por naturalización los extranjeros que obtengan carta de naturaleza.
Los extranjeros que tengan por nacimiento la nacionalidad de España o de un Estado latinoamericano gozarán de facilidades especiales para la obtención de carta de naturaleza.
Artículo 37. Son venezolanos por naturalización desde que declaren su voluntad de serlo:
La extranjera casada con venezolano;
Losextranjeros menores de edad en la fecha de naturalización de quien ejerza sobre ellos la patria potestad, si residen en el territorio de la República y hacen la declaración antes de cumplir veinticinco años de edad; y
Los extranjeros menores de edad adoptados por venezolanos, si residen en el territorio de la República y hacen la declaración antes de cumplir veinticinco años de edad.
Artículo 38. Lavenezolana que casare con extranjero conserva su nacionalidad, a menos que declare su voluntad contraria y adquiera, según la ley nacional del marido, la nacionalidad de éste.
Artículo 39. La nacionalidad venezolana se pierde:
Por opción o adquisición voluntaria de otra nacionalidad;
Por revocación de la naturalización mediante sentencia judicial de acuerdo con la ley.
Artículo 40. La...
Regístrate para leer el documento completo.