Universitario
(Nota: la parte tachada fue derogada desde cuando se modificó ese artículo 616-2 con el artículo 118 de la ley 788 de Diciembre de 2002)
Más casos de personas o entidades no obligadas afacturar
Como lo indica la parte final de dicha norma, el Gobierno también podría ampliar esa lista de los exonerados de expedir factura de venta, y en efecto lo hizo con el artículo 2 del Decreto 1001 de1997. Esa norma dice lo siguiente:
“ARTICULO 2. NO OBLIGADOS A FACTURAR. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo anterior (*), no se encuentran obligados a expedir factura en sus operaciones:
a)Los Bancos, las Corporaciones Financieras, las Corporaciones de Ahorro y Vivienda, las Compañías de Financiamiento Comercial;
b) Las Cooperativas de Ahorro y Crédito, los Organismos Cooperativos degrado superior, las Instituciones Auxiliares del Cooperativismo, las Cooperativas Multiactivas e Integrales, y los Fondos de Empleados, en relación con las operaciones financieras que realicen talesentidades;
c) Los responsables del régimen simplificado;
d) Los distribuidores minoristas de combustibles derivados del petróleo y gas natural comprimido, en lo referente a estos productos;
e) Lasempresas que presten el servicio de transporte público urbano ometropolitano de pasajeros, en relación con estas actividades;
f) Quienes presten servicios de baños públicos, en relación con esta...
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