Alimentos
¿ Y MI DERECHO?
Beatriz Palma Alonso, Abogado. (beatrizpalma.abogados@gmail.com)
Como cualquier hijo o hija menor de 21 años (o menor de 28 años si estudio), tengo derecho a que mis padres mepaguen una pensión de alimentos. ¿En qué consiste dicha pensión? En que mis padres deben costear lo necesario para que pueda vivir, alimentarme, educarme y vestirme. Si mis padres están separados,quien solicita los alimentos al padre, será la madre, quien generalmente tiene el cuidado personal de los hijos. Pero la ley obliga siempre a ambos padres a proveer todo lo necesario a los hijosde acuerdo a sus capacidades económicas. Por lo tanto, no se le puede exigir lo mismo a un padre que es gerente, que a una madre que es dueña de casa, sin embargo, ambos deben ayudar con losgastos. Lo importante será determinar cuáles serán mis necesidades como hijo, ya que tampoco serán las mismas las de un menor de la comuna de la dehesa en Santiago, con otros niños, ya que por ejemploel gasto en colegio, y vivienda aportan una gran diferencia. La idea de la ley es que los niños, a pesar de una separación entre los padres, puedan seguir manteniendo un nivel de vida al menossimilar al que tenían antes de la separación. ¿Cómo la exijo? A través de un abogado en el Tribunal de Familia Respectivo, y con la sola presentación de la demanda, se fija por el juez los alimentosprovisorios mientras se desarrolla el juicio, aunque idealmente se puede llegar a un acuerdo en una instancia previa, no judicial que es la Mediación. El mínimo de la pensión cuando se tiene unsolo hijo, la ley lo fija en un 40% del ingreso mínimo remuneracional, y no se podrá fijar un monto que exceda el 50% de las rentas del alimentante (sea padre o madre), independiente de la cantidadde hijos que tenga. CONSEJO: Cuando las parejas se separan, se puede llegar a un acuerdo respecto a los dineros y así se evita un juicio. Siempre es será lo ideal y principalmente por los hijos.
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