ANALISIS SENTENCIA C-339-06
SOBRE LA PRESCRIPCIÓN DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES DE
AUTOR, INHIBICION DE LA CORTE CONSTITUCIONAL-INEXISTENCIA DE
CARGOS.
INFORMATICA JURIDICA
Dra. MARTHA CECILIA SIERRA LAFAURI
Estudiante:
HERNANDO JOSE MARTINEZ HERNANDEZ
Semestre:
TERCERO NOCTURNO
UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR
DERECHO NOCTURNO
2014
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ANALISISDE LA SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL C-339/06 SOBRE LA
PRESCRIPCIÓN DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR, INHIBICION DE
LA CORTE CONSTITUCIONAL-INEXISTENCIA DE CARGOS.
Referencia: expediente D-5992
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 226 de la Ley 23 de 1982, y
inciso 3°, de la Ley 44 de 1993.
21,
Demandante: Jorge Alonso Garrido Abad.
Magistrado Ponente:
Dr.JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO
I.
TEXTO DE LAS NORMAS ACUSADAS:
“LEY No. 23 DE 1982” Sobre derechos de autor “Artículo 226. Prescriben a los tres años
a favor de las asociaciones de autores y en contra de los socios, los derechos o las
percepciones cobradas por ellas, notificadas personalmente al interesado. En caso de
percepciones o derechos de autores del extranjero regirá el principio dereciprocidad.”
“LEY No. 44 DE 1993: “Por la cual se modifica y adiciona la Ley 23 de 1982 y se modifica
la Ley 29 de 1944 “Art. 21. EI Consejo Directivo de las sociedades de gestión colectiva de
derechos de autor y derechos conexos discutirá y aprobará su presupuesto de ingresos y
egresos para períodos no mayores de un (1) año. El monto de los gastos no podrá
exceder, en ningún caso, del treintapor ciento (30%) de la cantidad total de la
remuneración recaudada efectivamente por la utilización de los derechos de sus socios y
de los miembros de las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor y derechos
conexos extranjeras o similares con las cuales tenga contrato de representación
recíproca.
Con el objetivo de satisfacer fines sociales y culturales, previamente definidos porla
Asamblea General, las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor y derechos
conexos sólo podrán destinar para estos efectos, hasta el diez por ciento (10 %) de lo
recaudado.
Sólo el Consejo Directivo de las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor y
derechos conexos autorizará las erogaciones que no estén contempladas inicialmente en
cada presupuesto, sin rebasar lostopes ya enunciados, siendo responsables
solidariamente las directivas de la asociación por las infracciones a este artículo."
II.
ANTECEDENTES
ARGUMENTOS DE LA PARTE DEMANDANTE:
Según el demandante, el artículo 226 de la Ley 23 de 1992, viola los artículos 61, 70, 72 y
93 de la Constitución Política, en tanto que el inciso tercero del artículo 21 de la ley 44 de
1993, infringe losartículos 61 y 93 de la Constitución. Sustenta los cargos así:
Manifiesta que la norma acusada establece una prescripción de los derechos
patrimoniales de autor en perjuicio de sus titulares, y en beneficio de las sociedades de
autores que los administran. Esa prescripción opera cuando transcurridos tres años el
autor no ha reclamado a la sociedad el pago de los mismos, señala que el término deprotección de los derechos de autor fue modificado por el artículo 18 de la Decisión
Andina 351 del Acuerdo de Cartagena en la que se señaló que dicha protección no será
inferior a la vida del autor y cincuenta años después de su muerte.
Indica que aparentemente, esta norma reduciría en 30 años el término de explotación
económica de la obra, después de la muerte del autor. Sin embargo, el inciso2° del
artículo 59 de la Decisión 351 estableció que se aplicarán los plazos de protección
contemplados en las legislaciones internas de los países miembros si éstos fueren
mayores que los previstos en la presente edición. Lo que significa, para el actor, que los
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términos previstos en el artículo 21 de la ley 23 de 1982 no fueron reducidos por la norma
superior.
Afirma que la...
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