Causas de inimputabilidad
En el Derecho Penal son tres las causas de exclusión de la responsabilidad penal que pueden reconducirse al ámbito de la inimputabilidad. En el Derecho español, están citadas en el artículo 20 del Código Penal, que establece que: cualquier anomalía o alteración psíquica (Art. 20.1) o un estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas,estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos (Art. 20.2); y la alteración en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia que produzca una alteración grave de la conciencia de la realidad (Art. 20.3). La minoría de edad (artículo 19) también es una causa de inimputabilidad.
Graduación
El Código Penal de España prevé la posibilidad de graduar laimputabilidad, desde su absoluta anulación hasta las afectaciones de carácter leve (eximente completa, eximente incompleta del Art. 68 CP y atenuación, en el Art. 21CP)
Anomalía o alteración psíquica
Recogido en el número 1 del artículo 20 del Código Penal de España. Quien padece algún tipo de anomalía no puede conocer completamente el mandato normativo (capacidad cognitiva) o, conociéndole, no puedeadecuar su comportamiento a dicho mandato (capacidad volitiva). En este tipo de anomalías también es necesario que exista un factor biológico que consiste en alteraciones psicológicas que origine efectos en el comportamiento. El efecto psicológico constituye, pues, una perturbación de las facultades intelectuales o volitivas y esta perturbación debe incidir en la compresión de la ilicitud del hecho oen la capacidad de orientar la conducta conforme a dicha comprensión.
Para que se pueda apreciar una anomalía se exige el factor biológico. Sin embargo en el trastorno mental transitorio este factor no es necesario; los trastornos mentales transitorios son supuestos en los que en una situación de tensión o en unas circunstancias excepcionales el sujeto pierde la capacidad de control.
Laintoxicación producida por el alcohol o por otras drogas
Recogido en el artículo 20.2 del Código Penal de España: Por su intensidad o grado, la embriaguez puede ser letárgica, plena, semiplena o productora de simple excitación. La embriaguez letárgica constituye el grado máximo y da lugar a un estado de inconsciencia o sueño que excluye la propia presencia de un comportamiento humano voluntario. Laembriaguez plena produce una perturbación total de la conciencia que excluye la imputabilidad, mientras que la semiplena supone una perturbación parcial que disminuye la imputabilidad. Por último, la simple excitación se considera irrelevante a efectos penales.
Por su origen, se habla de embriaguez preordenada al delito, embriaguez voluntaria simple, culposa y fortuita. La embriaguez preordenada adelinquir es la que se provoca para cometer un delito determinado –por ejemplo, para infundirse el valor necesario para realizarlo-. Las demás clases de embriaguez mencionadas se definen con relación al carácter voluntario, imprudente o fortuito de la embriaguez –no del delito-. Así, la embriaguez voluntario supone sólo que la embriaguez se ha buscado voluntariamente, y la embriaguez culposa es la que seproduce imprudentemente, a diferencia de lo que sucede con la embriaguez fortuita, la cual no es atribuible a imprudencia alguna –así puede suceder en el caso de embriaguez patológica, en que por efecto de una anomalía en el sujeto una pequeña dosis de alcohol produce la embriaguez.
Para que el alcohol u otras drogas eximan, deberá producir una plena exclusión de la imputabilidad: sólo laembriaguez o intoxicación plena podrá eximir, no así la semiplena, que sólo podrá atenuar, a través de la eximente incompleta del Art. 21.1º, cuando sea muy intensa, y por la vía de la atenuante ordinaria del Art. 21.2º, cuando no lo sea tanto. No toda embriaguez o intoxicación plena eximirá, sino sólo la que no se haya buscado de propósito para delinquir ni se haya producido en circunstancias tales en...
Regístrate para leer el documento completo.