COMPLEMENTO DE RECLAMO IRREGULARIDAD CONSUMO DE ENERGIA DEJADA DE FACTURAR
ACTUACION TEMERARIA EN TUTELA-Presentación de varias tutelas conlleva al rechazo o decisión desfavorable conforme al art. 38 del Decreto 2591/91
TEMERIDAD-Requisitos constitucionales para determinar su configuración
La jurisprudencia de esta Corporación determinó tres requisitos determinantes para considerar la configuración de la temeridad: (i) que exista identidad enlos procesos; (ii) que el caso no sea un caso excepcional explícitamente determinado por la ley y/o la jurisprudencia, como uno que no configura temeridad; (iii) y que de presentarse una demanda de tutela que pretenda ser distinta a una anterior con la que guarda identidad, a partir de una argumentación diferente, se demuestre por parte del juez que el proceso propuesto y la tutela anterior sereducen a unas mismas partes, una misma solicitud y unas mismas razones.
ACCION DE TUTELA TEMERARIA-Casos en que pese a la identidad de procesos no se configura temeridad
ACCION DE TUTELA TEMERARIA-Supuestos fácticos en los cuales la acción de tutela no puede considerarse temeraria a pesar de la interposición de dos acciones de tutela que presenten la triple identidad
Con referencia a laverificación de que el caso no configure una excepción al uso temerario de la tutela pese a la presunta triple identidad de los procesos, la Corte ha desarrollado varios criterios. Se ha sostenido que la declaratoria de improcedencia de la tutela por temeridad debe analizarse desde una perspectiva distinta a la meramente procedimental, cuando el ejercicio simultáneo o repetido de la acción de tutelase funda en: (i) la condición del actor que lo coloca en estado de ignorancia o indefensión, propio de aquellas situaciones en que los individuos obran por miedo insuperable o por la necesidad extrema de defender un derecho y no por mala fe, (ii) en el asesoramiento errado de los profesionales del derecho, (iii) en la consideración de eventos nuevos que aparecieron con posterioridad a lainterposición de la acción o que se omitieron en el trámite de la misma, o cualquier otra situación que no se haya tomado como base para decidir la(s) tutela(s) anterior(es) que implique la necesidad de proteger los derechos fundamentales del demandante, y por último (iv) se puede resaltar la posibilidad de interponer una nueva acción de amparo cuando la Corte Constitucional profiere una sentencia deunificación, cuyos efectos hace explícitamente extensivos a un grupo de personas que se consideran en igualdad de condiciones, incluso si con anterioridad a dicha sentencia presentaron acción de tutela por los mismos hechos y con la misma pretensión.
DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA-Naturaleza, contenido y alcance
DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA-Instrumentos internacionales quehacen parte del bloque de constitucionalidad
DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION-Estándares internacionales sobre su naturaleza, contenido, características, objeto y restricciones y reglas jurisprudenciales respecto al alcance constitucional
DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION EN LA PRESTACION DE SERCICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS-Contenido y alcance
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIASJUDICIALES-Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
ACCION DE TUTELA CONTRA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS-Orden de suministrar información concerniente a parámetros de medición, número de usuarios y niveles de pérdida de energía que dan lugar a cobro de consumo distributivo comunitario
Referencia: expediente T-3374480
Acción de tutelainstaurada por Jaime Jesús Hernández Figueroa contra la Superintendencia de Servicios Públicos domiciliarios – Regional Norte y la empresa ELECTRICARIBE S.A., E.S.P.
Magistrado ponente:
HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
Bogotá D.C., diecinueve (19) julio de dos mil doce (2012).
La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional integrada por los Magistrados Humberto Antonio Sierra Porto,...
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