cONFESIÓN -Absolución de posiciones- de personas jurídicas en Chile

Páginas: 9 (2186 palabras) Publicado: 29 de diciembre de 2014
ABSOLUCION DE POSICIONES POR PERSONA JURIDICA
UNA ERRONEA USANZA DEL FORO CHILENO


12.07.2014 - Alejado desde hace años del ejercicio de Tribunales, quise saber si esta nota, escrita en 1997, seguiría siendo actual. Un connotado profesor me dice que es obligación del requirente señalar el nombre. Creo que está equivocado y aquí, sin más cambio que uno de mera redacción en una frase deloriginal, doy razón de mis dichos.


No me parece equitativo (lo que equivale a decir que me parece inicuo) y poco ajustado al sentido común (lo que equivale a insensato) negar a la ley una inteligencia, interpretación y aplicación que realice mejor los fines del Derecho que la que se le ha dado en el caso que aquí nos ocupa.
En mi opinión, es erróneo el uso del foro relativo a la absoluciónde posiciones a rendirse por una persona jurídica, de requerirse la indicación por el solicitante de la probanza del nombre de la persona natural que se solicita sea citada a absolver posiciones en representación de la contraparte, como necesario para que el juez decrete la diligencia.
Desde luego, cabe señalar que se trata sólo de una costumbre no amparada ni prohibida por la ley. Por tanto, elexigirlo es imponer a esa parte una carga procesal no establecida por la ley, que, salvo por excepción, ella no estará en condiciones de asumir con el grado de seguridad que el resguardo de su derecho efectivamente requiere y que, por lo mismo, podría redundar en privarla injustamente de un medio de prueba necesario para el sostenimiento de su causa; en tanto que imponérsela a la otra parte seríaexigirle algo que para ella sería enteramente simple.
En un caso concreto que supongo ser ya juicio fenecido, se presentó al demandante el problema al solicitar una absolución de posiciones por el Estado de Chile, que era su demandado y efectivo contendor. Teniendo en cuenta que el Presidente del Consejo de Defensa del Estado, a quien compete la representación judicial del Fisco, carece depersonería para absolver posiciones por su representado y que no hay disposición alguna que señale explícitamente quien puede hacerlo, se optó por solicitar la probanza (la primera de las dos veces en que podía hacerse en primera instancia) sin aventurar una designación. El tribunal proveyó: "previamente individualícese a la persona que se solicita sea citada a absolver posiciones en representacióndel demandado", con lo que en la especie se dio justamente el caso aquí denunciado. Recurrida de reposición y apelada en subsidio, tal resolución quedó en definitiva a firme (para esa ocasión) cuando la I. Corte de Apelaciones la confirmó con declaración de no corresponder al Tribunal señalar quien debe concurrir por la parte convocada.
Dejemos de lado el caso específico, aquí mencionado, que essólo aducido como testimonio de no ser esta una cuestión meramente teórica, para abocarnos al examen de lo medular, haciéndolo desapasionadamente, más como juristas curiosos que como litigantes satisfechos o frustrados; y ampliémoslo refiriéndolo a toda clase de personas jurídicas llamadas a confesión pero mantengámoslo restringido al área del procedimiento civil.
Lo primero será admitir que elpunto debe ser resuelto conforme al Derecho (y al sentido práctico y a la vocación de equidad que lo informan) y no según meras usanzas, por arraigadas que estén, si éstas se apartan de aquél.
Luego vendrá recordar que el Ordenamiento Procesal, en palabras del Mensaje del CPC, busca dar a las leyes sustantivas "un campo de acción expedito y obtener de ellas todo el fruto que deben rendir,dotándolas de procedimientos adecuados para el ejercicio y salvaguardia de los derechos que con mayor interés procuran amparar", que "en las leyes de procedimiento se hace preciso conciliar el interés de los litigantes, que exige una pronta solución de los pleitos, y el interés de la justicia, que requiere una concienzuda y acertada apreciación del derecho sobre que debe recaer el fallo" y que "se ha...
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