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Se puede definir estado como actor internacional a las influencias, capacidades y participaciones en el contexto internacional que ejerceel estado en otros actores y suautonomía para tomar sus decisiones; es decir; que desde las relaciones internacionales,cada entidad soberana (estado) debe tener la habilidad y estar en la capacidad para ejercer un efectivo control sobre su territorio y para llevar a cabo sus objetivos (a nivel nacional y anivel internacional). Y Así el enfoque funcional de las relaciones internacionales secentraráen la habilidad de cada entidad para movilizar recursos de cara a la consecución deobjetivos determinados y en la capacidad de la misma para ejercer influencia sobre elcomportamiento de otros actores del sistema internacional.
CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN DE LOS ESTADOS EN EL SISTEMA INTERNACIONAL.
Naturaleza política Los elementos constitutivos del estado moderno son tres: territorio,población y gobierno, con autoridad para gobernar sobre los otros dos. Jurídicamente, el estado se diferencia de cualquier otra entidad territorial porque goza de un status legal Único, goza de soberanía; lo que diferencia al estado de cualquier otroactor y lo que iguala a los estados entre sí. En términos jurídicos, todos los estadosson iguales, en tanto que todos son soberanos, Es decir, que no existeningún superior jerárquico con autoridad legítima para decir al estado lo que tiene que haceres independiente.la relación entre estados soberanos viene determinada en la actualidad poruna serie de principios contenidos en la Carta de Naciones Unidas. Entre los cuales destacan tres grandes principios:
•el principio de la igualdad entre los estados (artículo 2.1) queda reflejado en lacomposiciónde la Asamblea General de Naciones Unidas, donde se aplica la regla de (un estado, un voto).
• el principio de la no-intervención o de la no-injerencia (artículo 2.7) se puedeterpretar como el corolario lógico de la soberanía.
•el principio de no recurrir a la fuerza (artículo 2.4) tiene por objeto que un estado no recurra a la amenaza o al uso de la fuerza contra El estado como actorinternacionalidad territorial o la independencia política de otro estado y, con ello, la guerra se ve abolida, salvo en casos de legítima defensa (articulo 5 1).
De tal forma nos damos cuenta que estos principios no se cumplen en estos días por que las grandes potencias mundiales los violan cada vez que existe algúninterés personal dentro de otros estados, la no injerencia es una de los principios que no secumplen, por otro lado tenemos el uso de las fuerzas que tampoco secumplen porque vemos con el descaro que los países grandes así lo hacen, por ultimo tenemos que por cada país es un voto y al poner en una balanza las potencias mundiales tienen mayor peso en la toma de decisiones.
Del estado su soberanía, que le diferencia de cualquier otro actor internacional. Si bien hay que precisar que elestado tiene una segunda característica que le diferencia de los demás actores: la disposición de territorio terrestre, aéreo ymarítimo, a no ser que se trate de un estado enclavado o sin salida al mar. Ningún otro actor dispone legalmente de un territorio.Los criterios jurídicos nos dan un punto de partida que, desde las relaciones internacionales, hemos de relativizar en base a la capacidad y a lahabilidad de cada entidad soberana para ejercer un efectivo control sobre su territorioy para llevar a cabo sus objetivos (a nivel nacional y a nivel internacional), de esta forma también se puede decir que de acuerdo a su naturaleza política en la toma de decisiones para resolver los problemas de cada estado.
Condiciones Económicas Estados ricos / estados pobres:
Otros dos criterios,...
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