Depositos
DEPÓSITO A LA VISTA / CUENTAS CORRIENTES
Deposito
En derecho, contrato por el cual una persona recibe una cosa mueble con el encargo de guardarla y restituirla cuando el depositante lo requiera. En economía, crédito admitido por un banco a favor de una persona natural o jurídica, en cumplimiento de un contrato de cuenta corriente bancaria. El depósito bancario implicasolamente la creación de una relación de acreedor y deudor. El Banco puede emplear el dinero depositado para conceder préstamos a terceros, con el límite que fijen las normas sobre encaje.
Los tipos de depósitos existentes son:
* A la vista, en los cuales la entidad financiera tiene la obligación de devolver los fondos, parcial o totalmente, depositados por el cliente cuando este lo desee.* A plazo, según los cuales el depositario debe esperar un determinado periodo de tiempo (previamente especificado) para recuperar los fondos confiados a la entidad financiera.
Deposito a la vista
Es aquella operación, también denominada cuenta de cheques, en la cual el depositante entrega su Dinero sin Reservas al Banco, con la certeza de que puede disponer el mismo en cualquiermomento, sin intereses retirables a la vista mediante cheques.
¿Como se formaliza un deposito a la vista
Para la apertura de un depósito a la vista el cliente ha de presentar a la entidad financiera su Documento Nacional de Identidad en vigor, y posteriormente firmar el contrato de apertura de depósito a la vista con la entidad, copia del cual será entregada al cliente. En el caso de un menor deedad, será el representante legal de éste quien deba personarse en la entidad financiera, identificarse y acompañar los documentos que acrediten la representación que ostente sobre el menor (libro de familia, sentencia judicial, etc.); igualmente será necesario que presente el Documento Nacional de Identidad en vigor del menor al que representa.
En caso de varios titulares o de apoderados, seránecesario presentar el Documento Nacional de Identidad en vigor de todos ellos. No obstante, algunas entidades bancarias requieren documentación adicional para aperturar un depósito a la vista (ej.: nómina del último mes o contrato de trabajo para el caso de trabajadores por cuenta ajena, declaraciones de IVA para el supuesto de autónomos o empresarios, etc.).
A la formalización del depósito, oen cualquier momento posterior, el titular del mismo podrá designar “autorizados”, esto es, podrá otorgar poderes a un tercero para gestionar y operar el depósito.
Por lo que concierne a depósitos cuyo titular sea una persona jurídica, su formalización requerirá la presentación de la escritura de constitución (debidamente inscrita en el registro competente), así como la de los poderes de quien,en su nombre y representación, solicita la constitución del depósito. Asimismo, la entidad jurídica deberá designar un autorizado con capacidad para gestionar el depósito. Si bien dicho autorizado suele ser, por norma general, el administrador de la persona jurídica en cuestión, ya que es quien legalmente ostenta la representación de la misma, nada obsta para que el titular del depósito otorgueigualmente poderes a cualquier tercero que estime oportuno.
También hay que tener en cuenta que la normativa de prevención del blanqueo de capitales exige a las entidades de crédito tener un conocimiento adecuado del cliente y de sus actividades, a cuyo fin cumplimentan una "ficha del cliente", en la que recogen datos del mismo, para realizar las comprobaciones que consideren oportunas.
Cuentascorrientes y depósitos a la vista
La cuenta corriente es un producto en el que usted puede ingresar dinero en la entidad, quedando ésta obligada a su devolución en cualquier momento en que lo solicite. Por lo general, aunque no siempre, la entidad ofrece al cliente una remuneración o tipo de interés por el dinero depositado.
Además de la disponibilidad inmediata del dinero depositado, el...
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