DERECHO PROCESAL
PARTES EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO
INTRODUCCIÓN
Un sistema acusatorio se caracteriza por exigir una configuración tripartita del proceso, basada en la existencia de un acusador, un acusado y un órgano juzgador, imparcial, situado supra partes. En un sistema “acusatorio formal” o“mixto”, cual es el español, coexisten manifestaciones propias de un sistema acusatorio con características que se predican de un sistema inquisitivo.
Esta es la configuración, de hecho, de la mayoría de los modelos actuales de nuestro entorno. Habida cuenta de la relevancia que las acusaciones tienen en un proceso de corte acusatorio, permítasenos que en esta exposición se confiera una especialatención al lado activo de la relación procesal.
El examen de los acusadores y, especialmente, del papel que en este campo juega la víctima del delito ocupará, en consecuencia, la mayor parte de nuestra exposición. Lo esencial de un sistema acusatorio estriba en la necesaria existencia de una acusación previa, y en la exigencia, además, de que quien sostenga esa acusación no coincida con quienjuzgue.
Resulta, por tanto indiferente, a los efectos que aquí interesan, a quién se atribuya (sean manos privadas u órganos oficiales creados en exclusiva) o no el ejercicio de esa acción
Las partes acusadoras en el proceso penal
Consideraciones generales sobre la posición activa en el proceso penal español
Como ya se avanzó, constituye el punto de partida denuestro estudio el hecho de que en el sistema español no exista monopolio de ejercicio de la acción penal por un órgano estatal. Igualmente, se evita configurar la acusación como monopolio del ofendido, con la excepción de cuando nos encontramos ante un interés únicamente particular, propio de los delitos privados.
Además de que no se atribuya al MF la persecución penal con carácter exclusivo,es posible que éste no intervenga en el proceso o que, interviniendo, comparta su posición acusadora con otros sujetos, e incluso que, de conformidad con los principios de legalidad e imparcialidad que rigen su actuación, solicite la libre absolución del imputado.
Consideraciones previas
Debe tenerse en cuenta, asimismo, que en el proceso penal podemos hablar únicamente de partes ensentido procesal, no en sentido material, pues no se afirma la existencia de una relación jurídico material de la que sean titulares dichas partes. Por el contrario, las partes acusadoras cuentan únicamente con el derecho de proceder (ius ut porcedatur), sin que ello implique, en modo alguno, que cuenten con el derecho subjetivo a obtener una resolución judicial que condene al acusado. Como es sabido,el derecho de penar, el ius puniendi, corresponde en exclusiva al Estado. Al partir de una concepción determinada de parte procesal -la de ser quien sostiene la pretensión punitiva o ser aquél contra la que ésta se mantiene-, en el proceso penal podemos encontrar una parte pública (el MF, pues el art. 1 EOMF le confiere una función pública, la de promover la acción de la justicia) y diversaspartes privadas. Será el sostenimiento de la pretensión punitiva lo que motivará la atribución de la condición de parte acusadora.
Dentro del término acusadores particulares se engloban tres clases de acusadores, en contraposición al concepto de acusador oficial o público: acusador popular, acusador particular en sentido propio y acusador privado.
El MF
El MF es considerado una parteprocesal sui generis, debido a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica que rigen su actuación y que hacen que su consideración como tal sea muy discutida por la doctrina. A este respecto, convenimos con la tesis de Gold Schmidt que considera al MF como “parte imparcial”, en una concepción que se apoya en la neta diferenciación entre el ser parte (“partialidad”) y el ser...
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