Derecho a guardar silencio y derecho a no incriminarse en el crimen de “la quintrala”

Páginas: 6 (1466 palabras) Publicado: 23 de enero de 2012
Derecho a guardar silencio y derecho a no incriminarse en el crimen de “la Quintrala”

Diego Moreno Torres[1]

En el último tiempo los medios de prensa nos han empapado de noticias sobre el homicidio de Diego Schmidt-Hebbel, de Francisco Zamorano y Héctor Arévalo por los cuales recientemente resultaron condenados José Ruz, como autor directo, y María del Pilar Pérez, comoinstigadora o inductora. Esta serie de acontecimientos los conocemos, gracias a algún periodista con aspiraciones de publicista, como el crimen de la Quintrala.

A pesar de la conmoción mediática, esta serie de hechos no representa siquiera una excusa plausible para detenerse en el estudio de las instituciones penales sustantivas: se trata únicamente de un autor de homicidio, aumentado en sureprochabilidad por la creación del dolo comisivo mediante el pago de un precio para la ejecución del delito.

Sin embargo, si bien el caso tampoco tiene la entidad técnica en el ámbito procesal, su publicidad ha posibilitado que el pópulo se entere de discusiones dogmáticas en el plano del derecho penal adjetivo, en particular sobre la coherencia del estándar de duda razonable con laposibilidad que exista en fallo dividido. Asimismo, y en lo que nos interesa, en el curso del juicio se han publicitado prácticas investigativas que no estaban en la mente del legislador, pero son comunes en los operadores del sistema.

A este último caso pertenece uno de los medios de prueba utilizados por el ente persecutor. Se trata de la declaración de una abogado asistente sobre la declaracióndel imputado ante el fiscal, en la cual habría confesado la comisión de los homicidios. Los hechos son los siguientes: la abogado asistente del fiscal estuvo presente en varias declaraciones que el imputado Ruz realizó ante el Ministerio Público, en una de ellas habría sido la propia ayudante quien tomó la declaración. Luego, fue incorporado su testimonio al juicio oral relatando las sesiones deinterrogatorio del imputado en las cuales se habría inculpado y señalado el modus operandi. Esta situación es aún más complicada, pues el imputado, durante todo el juicio oral, hizo uso de su derecho a guardar silencio.

Si bien pueden existir problemas formales al tomar la declaración, lo importante es determinar si es posible que un testimonio así pueda ser incorporado al juicio y sidicha incorporación contraría el principio de no autoincriminación o prohibición del nemo tenetur.

Pero en el caso que se comenta confluye también la violación sustancial del derecho a guardar silencio. ¿Para qué incorporar indirectamente la declaración inculpatoria del imputado si ésta, según su fin, no tiene eficacia probatoria alguna? O bien ¿Para qué permitir la incorporación de ladeclaración del imputado, indirectamente, si éste ha decidido guardar silencio?

La respuesta a estas preguntas dan cuenta que las instituciones procesales no son sólo ritualismos, sino que tienen un sentido. En la declaración del sentido de una institución procesal en materia penal se debe dar cuenta que se trata de la legitimación del medio en virtud del cual se provoca el efecto comunicativode la pena por parte del Estado, lo que deviene en el fundamento moral de la práctica punitiva.

Entonces, hay dos estadios de violación del proceso penal: la violación del la prohibición de la autoincriminación y la violación del derecho de imputado a guardar silencio.

En ellos subyace la pregunta de si un testigo de oídas (hearsay) de la declaración del imputado puede ser unmétodo para incorporar la confesión acerca de la comisión del delito que soporte la objeción de licitud de la prueba.

Las normas procesales no son sólo métodos formales que gloríen la labor de los letrados por sobre el lego, sino que a ellas les subyace un sentido normativo. Así, por ejemplo, no es sólo una prohibición la declaración de la norma que los vehículos pueden transitar por las...
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