Derecho
Remontándonos en la historia vemos que en roma ya existía un numerus clausus de contractus, pero no una categoría general de contratos, y los demás acuerdoseran nudum pactum, es decir, sin ninguna eficacia jurídica.
Más tarde se logró dar cierta eficacia jurídica a los simples acuerdos mediante formas solemnes, como la stipulatio, tipo de promesasometida a formalidades muy estrictas.
En este mismo orden de ideas, apareció la forma literal, por la cual se inscribía en el libro de contabilidad doméstica del deudor la obligación, y la forma real,por la que al entregar un bien surgía la obligación de restituirlo. Todo lo anterior no son más que rituales y procedimientos usuales, que otorgaban una vinculación jurídica a la obligación que medianteellas se constituía, pero esa vinculación provenía de la forma, y no del propio acuerdo de voluntades.
Con los años se concretaron y especificaron en Roma los contenidos contractuales, que eran losmás básicos para una sociedad como la romana: compraventa, arrendamiento de bienes y servicios, mandato y sociedad. Junto a ellos se desarrollaron los contratos innominados, que podían estar dentro dealguna de estas clases: do ut des, facio ut facias, do ut facias y facio ut des. En este momento de la historia seguía sin perfilarse la figura del contrato y sólo podemos hablar de contenidoscontractuales, unos típicos y otros innominados, pero en ningún caso la voluntad era suficiente para obligarse.
La llegada del Derecho de los pueblos germanos implicó un retroceso respecto a la naciente...
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