Determinacion Sobre Base Presunta
La determinación sobre base presunta es un procedimiento lógico por el cual se presume la existencia de un hecho en virtud a la existencia probada de otro hecho base, es decir que se acredita la existencia del hecho en forma indirecta. Esto permite a la administración tributaria descubrir la existencia de una obligación tributaria omitida sin necesidad dedemostrar directamente la realización del hecho generador. En ese sentido, constituye una herramienta que permite el control de la evasión tributaria, que se utiliza en forma extraordinaria, en los casos en los que hay evidencias que indiquen que no se ha cumplido con las obligaciones tributarias como emitir el comprobante de pago o no registrar ingresos.De acuerdo con el artículo 64 del CódigoTributario, la administración tributaria sólo se encuentra autorizada para determinar sobre base presunta cuando verifica que el deudor tributario ha incurrido en alguna de las causales señaladas expresamente en la ley. Entre estas causales tenemos la constatación de pasivos falsos (deudas inexistentes); no emitir comprobantes de pago; no presentar declaraciones.La carga de la prueba sobre laconfiguración de la causal recae en la Administración Tributaria, quien deberá acreditar la existencia de la misma para aplicar una determinación sobre base presunta. El hecho base sobre el cual se fundamentará la determinación sobre base presunta debe estar descrito en la ley y debe guardar relación con el hecho generador. Cuando se haya constatado la causal que autoriza a la administración tributariaa realizar la determinación sobre base presunta, se podrá practicar la determinación en base a las presunciones contenidas en el artículo 65 del código Tributario. |
16 Procedimiento Fiscal Determinacion De Oficio - Presentation Transcript
1. DECLARACIÓN JURADA – Art. 11 L.P.T.
* Para que el impuesto pueda ser percibido por el Fisco se requiere:
* a) que el hecho señaladopor la ley como presupuesto generador de la obligación tributaria (el H.I.) se configure; y
* b) que se aplique la ley tributaria a dicho supuesto concreto para “cuantificar” (y “liquidar”) la obligación.
2. LA DETERMINACION TRIBUTARIA – Art. 11 L.P.T.
* POR DECLARACION JURADA
* La determinación y percepción de los gravámenes se efectuará sobre la base de DDJJ quedeberán presentar los contribuyentes.
* POR LIQUIDACION ADMINISTRATIVA
* La AFIP puede disponer la liquidación administrativa de la obligación tributaria sobre la base de datos aportados por los contribuyentes o terceros.
3. LA DETERMINACION TRIBUTARIA
* Tipos de determinación:
* a) Método principal de cuantificación: DDJJ.
* b) Determinación deoficio.
* c) Liquidación administrativa.
4. DETERMINACION DE OFICIO – Art. 16 L.P.T.
* El legislador ha previsto la posibilidad, excepcional, de que la Administración pueda determinar la materia imponible y liquidar el tributo por sí misma, en aquellos supuestos en los cuales los responsables no hayan presentado las DDJJ del impuesto, y también, cuando las DDJJ presentadasresulten impugnables a criterio de la A.F.I.P.
5. DETERMINACION DE OFICIO – Art. 16 L.P.T.
* La ley faculta a la Administración a determinar de oficio la materia imponible sobre base cierta, o, en caso de ser imposible este primer método determinativo, a recurrir a la determinación en base presunta, también denominada “Estimación de Oficio”.
* La determinación de base cierta es laregla general en materia de determinación de oficio.
* La determinación presunta sólo es utilizable en forma subsidiaria y cuando no fuese posible determinar la materia imponible en forma cierta y directa. Por ello la ley dispone que la determinación sobre base presunta (estimación de oficio) SÓLO SERÁ UTILIZABLE por la Administración CUANDO LOS “ELEMENTOS CONOCIDOS SÓLO PERMITEN...
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