Equidad
La equidad
(del latín aequitas, de aequus, igual), según la definición de la Real Academia Española, tiene varias acepciones:
Igualdad de ánimo.
Bondadosa templanzahabitual. Propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley.Justicia natural, por oposición a la letra de la ley positiva.
Moderación en el precio de las cosas, o en las condiciones de los contratos.
Disposición del ánimo que mueve a dara cada uno lo que merece.[1]
Equidad de género
Se llama género al conjunto de diferencias sociales entre mujeres y hombres, partiendo de los roles, creencias y valores que a cada uno(a) delos sexos se les asignan culturalmente.
La equidad de género significa que mujeres y hombres, independientemente de sus diferencias biológicas, tienen derecho a acceder con justicia e igualdad aluso, control y beneficio de los mismos bienes y servicios de la sociedad, así como a la toma de decisiones en los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar. Es la aceptaciónde las diferencias entre hombres y mujeres, y la aceptación también de derechos, buscando el ideal de un equilibrio en el que ninguno de ambos sexos se beneficie de manera injusta en perjuicio delotro. La equidad de genero esta muy presente en la humanidad,desde los inicios de la vida social, economica, política. Desde aquel entonces la mujer no tenia derecho a ser escuchada, ni a opinar, ni muchomenos a ser parte de una familia y sociedad.
Derecho
El principio de equidad es un Principio General del Derecho. El artículo 3.2 del Código civil de España establece que "_La equidad habrá deponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita_".
Constituye uno de...
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