Homosexualidad
Boletín N° 5774-18
1. Antecedentes.- La unión civil es una de las instituciones establecidas con el objeto de permitir el vínculo jurídico entre personas del mismo sexo, otorgándoles efectos similares al matrimonio principalmente en materia patrimonial. En algunos sistemas, las uniones civiles están también disponibles para losheterosexuales que no desean formalizar su relación en un matrimonio. Estas uniones heterosexuales reciben el nombre legal de unión libre. En nuestro sistema, debemos considerar que al mantener una legislación decimonónica en materia de derecho privado, especialmente en el ámbito de la familia, se encubre una realidad que existió desde los inicios de la sociedad, esto es las relaciones de pareja entre personasdel mismo sexo[1]. Nuestra actual legislación, en el artículo 102 del Código Civil[2] establece como elemento de la esencia del contrato de matrimonio la diferencia de sexo entre los contrayentes. Así, expresamente nuestro código deja fuera de reconocimiento legislativo a las parejas compuestas por personas del mismo sexo, no obstante, que nuestro propio ordenamiento consagra en la ConstituciónPolítica el derecho a la igualdad ante la ley[3].
Esta garantía fundamental tiene por objeto evitar que la ley o alguna autoridad establezcan diferencias arbitrarias en el ejercicio de derechos fundamentales. Como sostiene el profesor Peña, "desde un punto de vista puramente conceptual, el de igualdad es un concepto relaciona], puesto que, para hablar de igualdad, obviamente se requieren almenos dos términos entre los cuales la relación de igualdad resulte trazada."[4], luego agrega que, "una somera del texto constitucional muestra que la igualdad entre todos en algo), es la alternativa [...] al igual que en el derecho comparado resulta relevante"[5]. De este modo en un primer nivel de análisis, la igualdad es entre todos los seres humanos cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe ocondición[6]. De lo anterior se sigue que si hay derechos para cuya titularidad se exige la condición de ser humano, esos derechos --atendido que la humanidad se presenta en todos- deben también ser distribuidos igualitariamente. Esta primera firma de igualdad se le denomina igualdad en la distribución de los derechos[7]. Una segunda dimensión del principio se deriva de la interpretación sistemáticaa partir del art. I de la carta fundamental, que permite establecer la idea de igualdad fáctica mínima, en el sentido que el Estado debe facilitar a las personas el acceso a los bienes primarios que permitan la autorealización de un ser humano. Finalmente, la igualdad consagrada en el precepto, supone en un nivel más intenso el derecho al igual respeto y consideración, lo anterior supone que elser humano responde sólo por actos voluntarios, por lo que no se le puede reprochar ni maltratar por eventos o cualidades adscritas sobre los cuales carecen toda posibilidad de control.
2. Derecho comparado.- Sobre la materia del presente proyecto, pueden mencionarse en Argentina, la ley n° 1004, sobre creación del registro público de uniones civiles, de 27 de enero de 2003, en una línea similares la ley noruega que en su art. 1 autoriza con la creación de un registro público la unión de personas del mismo sexo; en Bélgica la ley que autoriza el matrimonio entre personas del mismo sexo, con una pormenorizada regulación; en Francia, si bien, no existe la figura del matrimonio homosexual, se crea una figura legal, llamada Pacto Civil de Solidaridad, que permite a dos personas mayores deedad contraer un vinculo para organizar su vida en común. Para celebrar este contrato no se requiere que sean dos personas de sexo diferente, pueden ser del mismo sexo (Ley n° 99-944 de 15 noviembre de 1999); en los Estados Unidos de América la más significativa es la regulación de las uniones civiles en el estado de Vérmont. De más reciente data es la ley 13/2005 de España que en una interesante...
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