Interpretaciones Del Derecho
INTERPRETACIÓN
Y CREACIÓN DE DERECHO
Carlos de Silva**
El vocablo “jurisprudencia” tiene diversas acepciones. De momento, debemos atender al
concepto según el cual ésta consiste en el criterio contenido en las decisiones
jurisdiccionales que adquiere la calidad de norma jurídica general.
Para la comprensión de la jurisprudencia como fuente formal de Derecho, resultaconveniente el estudio previo de la decisión jurisdiccional como norma individualizada de
conducta, ya que es ésta la causa del establecimiento de la norma general jurisprudencial. La
añeja discusión respecto de si la jurisprudencia es en efecto una fuente formal de Derecho o
solamente material, parte, primero, de la previa determinación de si la función jurisdiccional
implica o no la creación deDerecho y, segundo, de si el Derecho positivo de los distintos
Estados acepta o no la obligatoriedad de la jurisprudencia.
No es posible concebir a la jurisprudencia, en tanto norma general, como un fenómeno
aislado, sin atender al cúmulo de sus relaciones en el ámbito de lo jurídico. Es importante
entenderla como actividad del Estado consistente, en suma, en la interpretación e integraciónde
otras normas jurídicas independientemente del órgano que las haya producido. Es producto de
la función jurisdiccional, pero comparte la naturaleza de las normas generales. Supone, en
esencia, el ejercicio de facultades materialmente legislativas, aun cuando por circunstancias
meramente accidentales se le puede distinguir de la legislación que proviene del Poder
Legislativo y de las normasgenerales que emite el Ejecutivo.
Para el cabal entendimiento de la jurisprudencia en el sentido indicado, es
indispensable la comprensión de las facultades legislativa y jurisdiccional
en sus aspectos material y formal y el papel que juegan en la creación
de Derecho; la naturaleza jurídica del acto jurisdiccional, sus causas
y consecuencias. Por el momento, basta invocar las ideas de Kelsenen
cuanto concibe al Estado como orden jurídico, y sostiene la unidad de Estado
y Derecho al afirmar que “la esfera existencial del Estado posee validez
normativa y no eficacia causal.”1 Lo anterior, como punto de partida
2 JELLINEK, G., Teoría General del Estado, Editorial Albatros, Buenos Aires, Argentina, 1943, p. 496.
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para entender a la jurisdicción como creación deDerecho y no sólo como aplicación de normas
jurídicas abstractas generales a casos concretos particulares.
Cuando la actividad del Estado produce situaciones jurídicas generales, está realizando
su función legislativa, y cuando establece situaciones jurídicas particulares, según el caso, realiza
las funciones administrativa o jurisdiccional. No está por demás señalar que la función
administrativasupone la producción de hechos materiales además de actos jurídicos; es decir,
la administración implica actividades que, aun cuando útiles, no trascienden de manera inmediata
y directa a lo jurídico. En esto es posible encontrar una diferencia, aunque no determinante, entre
las funciones administrativa y jurisdiccional, puesto que esta última siempre supone la
producción de actos jurídicos.Para una adecuada distinción entre ambas funciones, es necesario
acudir a otros elementos del acto jurídico, como son su motivo o fin determinantes. El acto se
produce ante una situación que impulsa a la voluntad de quien lo realiza (motivo), a manifestarse
externamente con la intención de que se produzcan determinadas consecuencias de Derecho
(fin). Cuando se produce el ejercicio de lafunción materialmente jurisdiccional, existe para el
Estado un motivo específico, diverso al de la función administrativa, que consiste en que se pone
a su consideración la preexistencia de un conflicto o controversia respecto de la interpretación
y aplicación de normas jurídicas, ya sean generales o particulares. En estas circunstancias, ante
la acción de quien estima vulnerado el orden jurídico,...
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