Los hechos en el Derecho. Marina Gascón
DE MARINA GASCÓN ABELLÁN
El texto de Marina Gascón Abellán resulta de gran utilidad para toda persona que se dedique a interpretar hechos y actos jurídicos con la finalidad de juzgar. Para ello, es necesario precisar que para que tal labor sea razonablemente sustentable los hechos o actos sobre los que se base sean verdaderos.Para llegar a la demostración de los hechos verdaderos hay que acudir al procedimiento judicial probatorio. En éste es importante no confundir las cuestiones de hecho y de derecho, pues el fin del proceso, es producir una historia o imagen coherente de los hechos en disputa, sin embargo, es importante no olvidar que lo que se debe buscar en el procedimiento, es la verdad de los hechos, pero deacuerdo a las reglas que nos marca cada procedimiento jurisdiccional. Cuando el juez declara que ciertos hechos son verdaderos pretende reconstruir la realidad, aportar una “información empírica” sobre los hechos en cuestión, lo que significa que la verdad de los enunciados que rijan experiencias inmediatas se obtendrá por observación y la verdad del resto de los enunciados tendrá que comprobarse pormedio de sus relaciones lógicas con éstos. Verdadero es sólo el enunciado sobre hechos que se corresponde con la realidad.
En ocasiones el supuesto de hecho al que el derecho le atribuye relevancia no se encuentra bien definido, por la vaguedad y ambigüedad del lenguaje legal por cuanto al lenguaje ordinario; cuando pretende describir hechos del mundo exterior o porque incorpora intenciones,voluntades, conocimientos de cosas o juicios de valor que resultan difíciles de definir con referentes empíricos precisos (comprobables). En tales casos resulta más complicado llegar al conocimiento de la verdad de los hechos.
Las realidades con las que se configura el supuesto de hecho legal pueden ser de 3 tipos: hechos externos: acontecimientos que se producen con o sin la intervención humana(realidad sensible), y están definidos en relación con el Derecho, es decir, hay que recurrir a conceptos jurídicos para establecer su significado. Se trata de los llamados “hechos institucionales o jurídicos”. Ejemplo: el determinado tratamiento para los casados, menores de edad etc; hechos internos o psicológicos: denotan los motivos, intenciones o finalidad de una conducta, o el conocimiento deun hecho por parte de alguien, y hechos cuya constatación presupone un juicio de valor: son cualificaciones de una conducta o de un estado de cosas que deben ser llenadas de contenido mediante juicios valorativos.
Así los hechos jurídicamente relevantes (los que definen las notas distintivas del supuesto de hecho y que constituyen el objeto de la prueba) son “hechos externos”, que al no tenerun claro referente empírico (comprobable) surge la dificultad para la fijación de la premisa menor. Junto con estos hechos externos, el supuesto fáctico legal otorga relevancia a los “hechos internos o psicológicos”, que cualifican la voluntad de un individuo si tuvo intención de realizar una conducta o determinan su conocimiento acerca de un hecho.
La circunstancia de que los hechospsicológicos sean internos y no-observables, no significa que no sean auténticos hechos, y, por tanto, comprobables mediante juicios descriptivos. Significa (a diferencia de los hechos externos), que son de más difícil averiguación, pues requieren ser descubiertos o inferidos) a partir de otros hechos externos. Son más difíciles de acreditar las intenciones, conocimientos y elementos anímicos de los agentesque los hechos externos; y ello tal vez contribuya a que también el grado de certeza en los enunciados sobre hechos psicológicos sea tendencialmente menor que el de los enunciados sobre hechos externos.
Cuando entran en juego juicios de valor el juez debe ejercer una función valorativa o discrecional importante en la fijación de la premisa menor. Por ello, en estos casos (pero también en...
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