malversacion caudales publicos
Cuestiones generales a los delitos de malversación de caudales públicos.
a) Origen y decurso de la malversación en Chile (notas históricas).—
Las disposiciones contenidas en el párrafo V, título V, del libro II del Código penal chileno, son, en lo medular, de origen español. Sin perjuicio de lo anterior, es posible identificar, fruto de la deliberación de laComisión redactora, innovaciones de cierta importancia, siendo acaso la más importante la referencia a los fondos de los particulares (artículo 233), innovación cuya fuente probable es el Código de Nápoles.
(NO VALE LA PENA) Estos delitos fueron aprobados en general en la sesión 49ª con ligeras diferencias respecto del modelo de Código español (de 1848-50), del que se tomó, también, el epígrafeque los nombra. Estos artículos fueron ulteriormente revisados en las sesiones 153ª, 154ª y 171ª. En la primera de ellas, el comisionado Ibáñez denunció la falta de una disposición que haga recaer la presunción de culpabilidad sobre los empleados que tienen a su cargo caudales públicos, pues siendo ellos obligados a conservarlos —razonó Ibáñez—, es natural que toda falta se haya producido a lomenos por su culpa. Este vacío posibilitó, finalmente, la creación del actual artículo 234, tomado del artículo 406 del Código español de 1870, que regula el peculado culposo, cuya sobria fórmula satisfizo enteramente a la Comisión y contuvo el descalabro anunciado en la propuesta de Ibáñez.
En esta misma sesión se suprimió del actual artículo 238 la referencia que hacía el artículo 322 del textoespañol a los administradores y depositarios de caudales embargados, secuestrados o depositados, como posibles sujetos activos de estos delitos, “porque —señalan al Actas— respecto de ellos, no puede decirse que hay abusos de funciones públicas, sino fraudes comunes que se penan en otro título posterior.
Conectado con lo anterior en la sesión 154ª tras la intervención del comisionado Reyes, seintrodujo la referencia a los fondos particulares puestos en la caja pública dirigida por el funcionario, sea por vía de depósito, consignación, que como se dijo, es de origen napolitana (y que incide de manera determinante, como se vio anteriormente, en la cuestión de la naturaleza jurídica de estos delitos). En esa línea, Reyes afirmó que los fondos particulares deben tener la misma garantía eimponer igual responsabilidad al que los ha recibido en desempeño del puesto público que ejerce.
Por último conviene tener presente que sólo los artículos 233 y 238 han recibido reformas, casi siempre fruto del proceso de devaluación de la moneda nacional, lo que repercute en la consideración (que Guzmán califica de “trasnochada” y “desdichada”) de que el Código gradúa sus penas según el importeeconómico de lo que se hurte, defraude, o, en lo que nos importa, malverse.
Las reformas han sido introducidas por las siguientes leyes:
Ley número 13.303, de 31 de marzo de 1959, que, entre otros aspectos, agrega un inciso segundo al artículo 238, es decir, la disposición común a todas las especies de malversación cuando el valor de lo malversado excediere cierta suma.
Ley número 17.437, de 9 dejunio de 1971, que fruto del cambio de moneda (de escudos a pesos) modifica los artículos 233 y 238, introduciendo la referencia a “sueldos vitales”.
Ley número 19.450, de 18 de marzo de 1996.
Ley número 19.501, de 15 de mayo de 1997, que sustituye la unidad “sueldos vitales” por la de “unidades tributarias mensuales”, y que añadió como copulativa a las penas de presidio señalas en el artículo233, la de multa.
b) Noción, fundamento y naturaleza jurídica de la malversación de caudales públicos.—
Noción.
Por más que la riqueza de las figuras delictivas que el Código amadriga bajo esta rúbrica (“malversación de caudales públicos”) dificulte de sobremanera la reconstrucción de un concepto que las sintetice según sus rasgos comunes (los que según Etcheberry no existen), es posible...
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