Medios Alternativos De Controversia
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha procurado que sus servidores públicos mantengan una constante capacitación a través de talleres, seminarios, cursos y diplomados, para ello anualmente los Ministros integrantes del Comité de Desarrollo Humano, Salud, Acción Social y Promoción Educativa, autorizan los programasencaminados a dotar al personal de los conocimientos y aptitudes necesarios para el adecuado y armónico cumplimiento de las funciones sustantivas del órgano de la Suprema Corte al que estén adscritos, con la finalidad de que se contribuya a la eficiencia y eficacia en el desarrollo de las labores asignadas.
Con base en los antecedentes expuestos se presenta el trabajo encaminado a resaltar la forma enque se han implementado los medios alternativos de resolución de conflictos como medida complementaria en los ámbitos de impartición de justicia previstos por la legislación mexicana
con el fin de evaluar su conveniencia, eficacia y evolución, así como para ponderar si se trata de medios que real y materialmente conlleven un desahogo o abatimiento en los procedimientos jurisdiccionales quediariamente se presentan en las instancias judiciales respectivas, ya que se tiene conocimiento de que principalmente en el foro nacional son muchas las expectativas que se han generado con base en las figuras de mediación, conciliación y arbitraje, entre otras, que como medidas de solución complementaria a la administración de justicia se han visto catapultadas en las legislaciones locales, a raíz de laincorporación constitucional que establece que las leyes preverán los mecanismos alternativos de solución de controversias.
M A R C O N O R M A T I V O C O N S T I T U C I O N A L M E X I C A N O Y S U R E P E R C U S I Ó N E N L A S L E G I S L A C I O N E S F E D E R A L E S Y E S T A T A L E S
Mediante reforma constitucional de dieciocho de junio de dos mil ocho,en México se modificó el tercer párrafo del artículo 17 de la Constitución Política para establecer que “Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial”.
Para la entrada en vigor de la reforma en comento, en tratándose delsistema procesal penal acusatorio, en los transitorios segundo y tercero se estableció que ello ocurriría cuando lo estableciera la legislación secundaria correspondiente, sin exceder del plazo de ocho años, contado a partir del día siguiente de la publicación de ese Decreto.
Como se advierte, el nuevo texto constitucional en la parte que nos ocupa, por una parte es genérico aun cuando en elmismo párrafo se relaciona con el sistema procesal penal acusatorio, por lo que es referente necesario precisar la modificación del artículo que establece: Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. Las formas alternativas de justicia deberán observarse en la aplicación de este sistema, siempre que resulte procedente…”.
Es evidente que con lasreformas de los artículos 17 y 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se incorporó como un derecho de los gobernados, la instrumentación y búsqueda de mecanismos alternativos, de ahí que en nuestro derecho positivo hayan surgido una diversidad de conceptos asimilables tales como conciliación, mediación, arbitraje, justicia alterna, amigable composición, acuerdo entre las partes,juntas de avenencia, negociaciones, concertación, etcétera.
En México, en más de la mitad de las entidades federativas que lo conforman se han desarrollo mecanismos alternativos para la solución de controversias, ello con la finalidad de impulsar reformas legales y procesales e inclusive se han creado Centros de Mediación en los Poderes Judiciales de Aguascalientes, Baja California Sur,...
Regístrate para leer el documento completo.