Mp Reforma 2008
En todos los procesos exitosos de reforma penal en América Latina y recientemente en México, la figura del Ministerio Público ha jugado un papel protagonista. Las reformas penales han modificado de manera importante y como consecuencia de ello la investigación de los delitos ha pasado de ser burocrática, ritualista y excesivamenteformalizada, a ser un proceso dinámico, en buena medida basado en aportaciones científicas logradas gracias a las aportaciones científicas logradas por medio del trabajo de grupos inter-disciplinarios, a cargo de la tarea de coordinación policial y sirviendo de puente entre la policía y los jueces de control.
La reforma a la Constitución publicada el 18 de junio de 2008, no es la excepción. Varias desus disposiciones se refieren o afectan la forma de trabajar de los Ministerios Públicos. En referencia al Ministerio Publico trajo consigo la reforma del 2008:
La acción penal a cargo de los particulares y el principio de oportunidad, así como también el tema de la autonomía del Ministerio Púbico que fue uno de los grandes olvidos de la reforma del 2008.
Ahora bien, la reforma constitucional de2008 impacta al Ministerio Publico en las siguientes cuestiones adicionales:
* Investigación compartida con la policía, según el artículo 21 de nuestra constitución.
* Administración (en parte) del sistema de medidas alternativas al proceso, derivado de los principios enunciados en el articulo 20.
* Nuevo papel en el proceso derivado del artículo 20 constitucional.
*Funcionamiento transparente en distintas etapas de su quehacer, por mandato del principio de publicidad enunciado en el art. 20 y de la nueva forma de articulación del proceso penal acusatorio y oral.
* Atención a victimas a fin de que puedan ejercer sus derechos desde el momento de la investigación.
La acción penal a cargo de los particulares
Es conveniente apuntar de forma muy somera la necesidad e quela reforma al sistema penal mexicano atiende al gran problema del monopolio de la acción penal en manos del Ministerio Publico, sobre la base de lo que indica el párrafo segundo del art. 21 de nuestra constitución mexicana, cuando señala: “El ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Publico. La ley determinara los casos en que los particulares podrán ejercer laacción penal ante la autoridad judicial”.
Lo mejor que se puede hacer en este caso es caminar hacia un esquema de desarrollo legislativo que mantenga la obligación del Ministerio Publico de investigar y perseguir los delitos (considerando también atribuciones para buscar salidas alternas al proceso), señalando en forma de catálogo los casos en que los particulares pueden, bajo ciertascircunstancias y cumpliendo con determinados requisitos, solicitar también la apertura de un proceso penal.
No se trata de eximir al Ministerio Público de que cumpla con su tarea constitucionalmente ordenada de de investigar y perseguir la comisión de delitos (art. 21 constitucional párrafo primero), ni de banalizar la acción penal, de forma que termine sirviendo para solucionar pleitos entre vecinos orencillas conyugales. De lo que se trata, mas bien, es de permitir que en ciertos casos los particulares no tengan que transitar necesariamente por esa aduana costosa, lenta e ineficaz y a veces corrupta que es en México el Ministerio Publico, o al menos que no tengan que hacerlo siempre e indefectiblemente.
La Autonomía del Ministerio Público
El Ministerio Público juega un papel central en losproceso de reforma al sistema penal. Bajo un sistema de corte acusatorio-oral, el Ministerio Público esta llamado a desempeñar su función de forma muy distinta a la que tiene bajo un sistema inquisitivo. Para que su desempeño sea el adecuado es necesario dotar al Ministerio Público de los medio necesario para realizar eficaz y eficientemente su trabajo.
La autonomía del Ministerio Publico es...
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