NOTA DE OPINION
La definición del término eutanasia ha sido modificada rotundamente en el año 2013. Hasta la fecha la definición era la siguiente: “acción u omisión, quepara evitar sufrimientos a pacientes desahuciados, acelera su muerte con su conocimiento o sin él.”. En el año 2013 la Real Academia Española, luego de una serie de congresos entre sus miembros llegóa la siguiente definición “Uso de procedimientos que, aplicados por personal médico a pacientes desahuciados, anticipan o provocan su muerte para evitarles sufrimientos extremos”. Ahora bien, ¿quétérminos implementa esta definición? Cambia el uso de “acción” por “procedimientos”. Una acción es efectuada en concreto y con un fin específico al cual se quiere llegar de forma directa procediendo deesa forma. Un procedimiento es una serie de acciones para alcanzar ese fin específico. Esto aplicado a la eutanasia, refiere al hecho de que no es necesario suministrar una droga en particular paraacabar con la vida del paciente y ya, sino que se recurre a una serie de pasos para la realización de ese fin. Por ejemplo, es posible dejar de suministrar sueros que transmitan líquidos, no acaba lavida de forma inmediata pero si progresiva. Es decir, que la eutanasia no es una acción sino un proceso.
Tomemos como ejemplo el caso de Eluana Englaro, una joven italiana que en el año 1992 comoconsecuencia de un accidente de tránsito quedó en un estado vegetativo que condicionó el resto de sus días. En 1999 su padre realiza una petición a la Corte de Apelaciones de Milán que es rechazadarotundamente. Vuelve a intentar en el 2005 con la Corte de Casación y es nuevamente rechazado. Finalmente en el año 2007 logra un permiso para suspender el suministro normal de hidratación por vía sanguínea,pero no fue permitido el uso de ningún tipo de fármaco para terminar su vida en un abrir y cerrar de ojos. Fue así como con el tiempo, Eluana fue terminando sus días, hasta que en el año 2008...
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