Solucion de conflictos
Dras. Graciela Corti Acosta y María Teresita Facelli Núñez (1 )
Junio de 2002
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SUMARIO: 1. ANTECEDENTES: 1.1 Conciliación y Mediación. 1.2 Conciliación y Mediación. 2. PANORAMA ACTUAL DE LA CONCILIACIÓN Y LA MEDIACIÓN. 2.1. En el ámbito público. 2.2 En elámbito privado. 3. EL DERECHO POSITIVO URUGUAYO. 4. REFLEXIONES FINALES.
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1. INTRODUCCIÓN
1.1. Antecedentes
En la República Oriental del Uruguay, podemos encontrar fórmulas pacíficas de resolución de conflictos desde muy largo tiempo atrás. Recordemos en tal sentido, acontecimientos históricos que finalizaron enpactos, negociaciones que se cierran con declaraciones tales como “Clemencia para los vencidos, curad a los heridos” (Batalla de las Piedras, 1811) y “no habrá vencidos ni vencedores, pues todos deben reunirse bajo el estandarte nacional para el bien de la patria y defender sus leyes e independencia” (Guerra Grande, finalizada en 1851) de las que surge la importancia que se le otorga a la obtención deacuerdos en los que se enfatiza que no haya ganadores ni perdedores, invitando a la conciliación en defensa de la leyes e independencia de la patria (2).
De tal forma desde hace casi dos siglos ya se evidenciaba una tendencia a la negociación y a la conciliación como medios pacíficos para el manejo de las diferencias.
En esta línea de principios, desde el año 1830, el Uruguay incorpora a suprimera Constitución, la conciliación previa ante la Judicatura de Paz, disponiendo que se establecerán Jueces de Paz, quienes “procurarán conciliar los pelitos que se pretendan iniciar sin que pueda entablarse ninguno en materia civil y de injurias, sin constancia de haber comparecido a las partes a la conciliación” (art. 107). Esta norma, con algunas modificaciones de texto, se ha mantenido en lasconstituciones posteriores, incluyendo la actual.
1.2. Conciliación y Mediación
1 Las Dras Graciela Corti Acosta y María Teresita Facelli Núñez, son abogadas especialistas en Resolución Alternativa de Disputas (RAD), mediadoras y capacitadoras en dichos métodos. Dictan cursos entre otros, en el Centro de Postgrados de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República y son integrantes de“deAcuerdo Centro Uruguayo de Gestión de Conflictos”, que ofrece servicios de Negociación, Asistencia en Negociación, Mediación, Asistencia letrada en Mediación, Arbitraje, Diseño de Sistemas de Gestión de Conflictos en Organizaciones, etc. Han publicado diversos artículos sobre dichos temas. La Dra. María Teresita Facelli, lleva a cabo en el departamento de Maldonado, diversos programas de mediaciónescolar.
2 “Métodos alternativos de resolución de disputas en el Uruguay”, preparado por María Juliana Abella para Fundación Libra.
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Partimos de la base de que la diferencia entre la conciliación y la mediación radica en que en la primera el tercero neutral participa activamente en la generación de opciones y propuestas de solución al conflicto, mientras que en la mediación dicho tercero seabstiene de emitir opinión, asesorar, o proponer fórmulas de acuerdo, limitándose a conducir el procedimiento, en el que, mediante el empleo de diversas técnicas, procura que las partes generen su propia solución.
Nuestra realidad reconoce a la conciliación como una etapa importante en el proceso judicial, ya que, con rango constitucional, se establece su obligatoriedad previa al juicio y luego sereafirma su importancia en la esfera procesal donde el legislador ha previsto además una conciliación intra-procesal al ser una de las etapas que todos los jueces han de cumplir en la audiencia preliminar, aún antes de establecer el objeto del juicio.-
Su desarrollo actual ha cobrado relevancia con la creación de los Juzgados de conciliación donde los jueces a cargo sólo tienen la tarea de...
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