“Tortone, Juan Ariel P.S.A Homicidio, Etc—Recurso De Casación-“
(Ab. Alejandro Javier Carballo)
SEGUNDO CASO: Tema: “Legítima Defensa”
Resolución analizada: Sentencia Nº 150, del 04/12/98, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (Sala Penal integrada por los Dres. María Esther Cafure de Batistelli, Aída Tarditti y Luis Enrique Rubio.-
Carátula del Expediente: “Tortone, Juan Arielp.s.a homicidio, etc—Recurso de Casación-“
Temas de interés para la Asignatura abordados en el fallo:
- Legítima Defensa. Requisitos
- Exceso en la Justificación.
Introducción:
La Cámara en lo Criminal y de Acusación de Villa María, mediante Sentencia Nº 16, del 13/05/97, resolvió declarar que Juan Ariel Tortone es autor responsable de homicidio con exceso en la legítima defensa, atenor de lo prescripto por los arts. 79, 34 inc. 6º y 35 del Código Penal, imponiéndole la pena de tres años de prisión en forma de ejecución condicional, con costas.-
En contra de dicha resolución, la defensa del imputado Tortone interpuso Recurso de Casación, razón por la cual la causa fue elevada al Tribunal Superior de Justicia a los fines de su resolución.
En lo que resulta de interéspara nuestra asignatura, el fallo de referencia contiene valiosas consideraciones del Máximo Tribunal de la Provincia acerca de los requisitos de la Legítima Defensa, el alcance de cada uno de ellos, y sus diferencias con las hipótesis comprendidas en el art. 35 del CP.-
Con el objeto de facilitar el análisis de la resolución que se adjunta, se han confeccionado las siguientes preguntas:
1)¿En qué elementos probatorios apoyó la Cámara su tesis de que el imputado Tortone obró con exceso en la legítima defensa?
2) ¿Qué posición asumió la defensa ante la calificación legal asignada al hecho? y ¿Cuáles fueron los argumentos centrales de su posición?
3) ¿Qué circunstancias deben ponderarse para establecer si en el caso hubo o no necesidad racional del medio empleado para impedir orepeler la agresión ilegítima, según el Tribunal Superior de Justicia?
SENTENCIA NUMERO: CIENTO CINCUENTA
En la Ciudad de Córdoba, a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, siendo las nueve horas, se constituyó en audiencia pública la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, presidida por la señora Vocal doctora María Esther Cafure de Battistelli, conasistencia de los señores Vocales doctores Aída Tarditti y Luis Enrique Rubio, a los fines de dictar sentencia en los autos "TORTONE, Juan Ariel p.s.a. de homicidio, etc. -Recurso de Casación-" (Expte. "T", 7/97) con motivo del recurso de casación interpuesto por la defensa del imputado Juan Ariel Tortone -Dres. Marcelo M. Silvano y Alcides A. Ferracini- en contra de la sentencia nº 16, del 13 demayo de 1997, dictada por la Cámara en lo Criminal y de Acusación de Villa María.
Abierto el acto por la Sra. Presidente se informa que las cuestiones a resolver son las siguientes:
1º) ¿Ha sido erróneamente interpretado el artículo 35 del Código Penal?
2º) ¿Subsiste interés en analizar la procedencia formal y sustancial del restante agravio referido a la motivación contradictoria de lasentencia?
3º) ¿Qué resolución corresponde dictar?
Los señores Vocales emitirán sus votos en el siguiente orden: Dres. María Esther Cafure de Battistelli, Aída Tarditti y Luis Enrique Rubio.
A LA PRIMERA CUESTION:
La Señora Vocal doctora María Esther Cafure de Battistelli, dijo:
I. Por sentencia nº 16, del 13 de mayo de 1997, la Cámara en lo Criminal y de Acusación de Villa María resolvió enlo que aquí interesa, "...II) Declarar que Juan Ariel Tortone es autor responsable de homicidio con exceso en la legítima defensa en los términos de los arts. 79 en función del 35 y éste en relación al 34 inc. 6º y 84 del C.Penal, imponiéndole la pena de tres años en forma de ejecución condicional con costas, ordenándose su inmediata libertad. Establecer que el condenado deberá cumplir, durante...
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