Varios
1. Las Partes consideran que cualquier comportamiento que limite, restrinja o atente contra las funciones que enmateria de derechos humanos tienen asignados el Organismo Judicial, el Procurador de los Derechos Humanos y el Ministerio Público, socava principios fundamentales del Estado de derecho, por lo que dichasinstituciones deben ser respaldadas y fortalecidas en el ejercicio de tales funciones.
2. En lo que respecta al Organismo Judicial y al Ministerio Público, el Gobierno de la República de Guatemalareitera su voluntad de respetar su autonomía y de proteger la libertad de acción de ambos frente a presiones de cualquier tipo u origen, a fin de que gocen plenamente de las garantías y medios querequieran para su eficiente actuación.
3. En lo referente al Procurador de los Derechos Humanos, el Gobierno de la República de Guatemala continuará apoyando el trabajo del mismo para fortalecerdicha institución, respaldando su accionar y promoviendo las reformas normativas que fueren necesarias para el mejor cumplimiento de sus atribuciones y responsabilidades. El Gobierno de la Repúblicade Guatemala apoyará las iniciativas tendientes a mejorar las condiciones técnicas y materiales con que pueda contar el Procurador de los Derechos Humanos para cumplir con sus tareas de investigación,vigilancia y seguimiento de la plena vigencia de los derechos humanos en Guatemala.
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PROCURADOR DE LOSDERCHOS HUMANOS
V. Garantías para las libertades de asociación y de movimiento
1. Ambas Partes coinciden en que las libertades de asociación, movimiento y locomoción son derechos humanosinternacional y constitucionalmente reconocidos, que deben ejercerse de acuerdo con la ley y tener plena vigencia en Guatemala.
2. Al Procurador de los Derechos Humanos, en ejercicio de sus atribuciones,...
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